Las y los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tienen la posibilidad de incrementar el monto que reciben cada mes mediante un programa disponible para ciertos beneficiarios. No obstante, es indispensable cumplir con requisitos específicos para acceder a este beneficio.
Si buscas aumentar tu pensión y conocer si puedes participar, es importante revisar las condiciones establecidas por el IMSS. En MILENIO te explicamos cómo funciona este programa y qué requisitos deben cumplir para formar parte.
¿Qué es el programa Asignaciones Familiares?
Las Asignaciones Familiares son un beneficio económico entregado por el IMSS a algunos pensionados que tienen familiares que dependen de ellos. Representa un incremento en el monto mensual de la pensión.
El pago adicional se calcula como un porcentaje sobre la pensión y puede otorgarse en caso de tener hijos, esposa o esposo, concubinos, padres o madres, dependiendo del caso. Los montos dependen de la persona.
¿Quiénes pueden acceder al programa?
Las y los interesados que deseen aplicar a éste programa deben ser pensionados por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, pues no aplica en otro tipo de pensiones y jubilaciones como viudez o incapacidad.
Además, deben haberse pensionado bajo la Ley 73 del IMSS, dirigida para quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
¿Qué requisitos debes cumplir?
Para formar parte, es fundamental haberse pensionado por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo la Ley 1973 y tener personas y familiares que dependan de sus ingresos, una vez cumplido esto, se deben reunir los siguientes documentos para solicitar el apoyo.
- Identificación oficial con fotografía y firma: INE, pasaporte, Cartilla de Servicio militar, Credencial ADIMSS.
- Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
- CURP impreso
Además, debes llevar un comprobante que valide la relación con tu familiar:
- Esposa o esposo: Copia certificada expedida por el Registro Civil del acta de matrimonio.
- Concubina (o): Constancia testimonial que confirme la relación.
- Hijo menor de 16 años: Copia certificada expedida por el Registro Civil del acta de nacimiento.
- Hijo mayor de 16 años y hasta 25, estudiante: Copia certificada expedida por el Registro Civil del acta de nacimiento y constancia de estudios del año en curso.
- Hijo mayor de 16 años con discapacidad: Copia certificada expedida por el Registro Civil del acta de nacimiento y dictamen de Invalidez de beneficiario, en Formato ST-6
- Padres: Copia certificada expedida por el Registro Civil del acta de nacimiento y constancia testimonial en donde se confirme la dependencia económica.
¿Cuánto aumenta la pensión?
El monto sube dependiendo de porcentajes específicos asignados a cada familiar registrados. Estos incrementos buscan solventar la carga familiar del pensionado, variando según el parentesco y condiciones particulares.
Cabe destacar que el apoyo para padres que dependen económicamente del pensionado sólo aplica en caso de que no tengan esposa ni hijos. Los porcentajes son los siguientes:
- 15% por esposa o concubina.
- 10% por cada hijo menor de dieciséis años.
- 10% por cada hijo de 16 a 25 años que estudie en el Sistema Educativo Nacional.
- 10% por cada hijo inhabilitado para trabajar por enfermedad crónica, física o psíquica.
- 10% por cada uno de los padres si dependen económicamente del pensionado
- 15% de ayuda asistencial si el pensionado no tuviera esposa, hijos ni ascendientes.
- 10% adicional de ayuda asistencial si el pensionado solo tuviera un ascendiente.
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