La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece y defiende las prestaciones laborales que como trabajador te corresponden, siendo uno de ellos el aguinaldo, como remuneración al cierre de cada ciclo anual y que te toca aunque no tengas un año trabajando con tu patrón.
Con la recta final de este ciclo cada vez más cerca debes saber que esto no es solo una tradición de fin de año, sino que está establecido como derecho irrenunciable para los trabajadores.
¿Qué es el aguinaldo y cuándo se paga?
Este es un pago en efectivo que todos los trabajadores tienen derecho a recibir año con año por parte de sus empleadores.
El artículo 87 de la LFT establece que esta prestación debe ser equivalente a quince días de salario, por lo menos. De igual manera se destaca que debe liquidarse forzosamente antes del 20 de diciembre de cada año.
¿Te toca aguinaldo si trabajaste menos de un año?
Una de las dudas más frecuentes es si el tiempo de servicio menor a doce meses anula este beneficio. La respuesta legal es un rotundo no.
El segundo párrafo del artículo 87 aclara que aquellos empleados que no hayan cumplido el año de servicios tienen derecho a recibir la parte proporcional del aguinaldo, sin importar el tiempo que hayan laborado.
Esta protección aplica incluso si ya no te encuentras laborando en la empresa al momento de la fecha de liquidación en diciembre.
En el caso de las personas trabajadoras del campo temporales, el artículo 181 refuerza esta obligación al señalar que, al término de su contrato o temporada, el patrón debe pagarles las partes proporcionales correspondientes, incluyendo el aguinaldo.
¿Cómo calcular el aguinaldo proporcional?
Aunque la ley no dicta una fórmula paso a paso en su texto, el artículo 87 establece la base: la parte proporcional conforme al tiempo trabajado sobre el mínimo de quince días.
Para realizar este cálculo, se puede seguir este proceso:
- Si tienes el año completo, te corresponderían 15 días de salario como mínimo
- Si tienes menos de un años se dividen esos 15 días entre los 365 días del año
- El resultado anterior se multiplica por el número de días que prestaste tus servicios durante el año
- El resultado se multiplica por tu salario diario
¿Habrá de aguinaldo en 2026?
La noticia de un presunto recorte del aguinaldo en México causo algunas dudas entre los trabajadores. Esto se debe a una resolución del Pleno de la Corte de enero de este mismo año.
Sin embargo, no aplica para todo México, sino solo para Zacatecas y para los trabajadores pensionados del ISSSTE.
La modificación se centra en la reducción del pago de aguinaldo para los pensionados, el cual se redujo de 60 a 30 días.
YRH