La Suprema Corte de Justicia de la Nación admitió a trámite la primera impugnación contra la Ley de Seguridad Interior que fue promulgada en diciembre pasado con la intención de dar certeza a las fuerzas armadas en su lucha contra la delincuencia organizada en el país.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo tiene en sus manos la controversia constitucional que interpuso el 5 de enero el municipio de San Pedro Cholula, Puebla, luego de que reclamó los artículos 7, 11 y 16 del mencionado estatuto, porque supuestamente trasgreden la libertad de los ayuntamientos para decidir sobre la materia.
Es probable que también llegue a manos de Pardo Rebolledo la acción de inconstitucionalidad que la Comisión Nacional de Derechos Humanos presentará contra la ley, como advirtió el ombudsman Luis Raúl González Pérez.
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La controversia constitucional del municipio poblano quedó registrada bajo el número de expediente 4/2018, después de que Ignacio Molina, secretario general del gobierno municipal de San Pedro Cholula llevó el caso a la Corte.
En sus alegatos, se detalla que las fuerzas armadas no pueden realizar labores de seguridad pública, y que es inconstitucional que el presidente de la República emita en cualquier momento una declaratoria para que el Ejército o la Marina intervenga en un municipio sin el consentimiento o mediación de la alcaldía.
Asimismo, subraya que la Constitución Federal otorga a los municipios plena libertad para decidir sobre temas de seguridad pública.
nerc