Un Tribunal Federal ordenó a una empresa de telecomunicaciones la reinstalación inmediata de una trabajadora embarazada que fue despedida y, que se cree, fue discriminada por su condición.
De no cumplir con lo ordenado, la compañía será sancionada con multas y medidas correctivas, las cuales también se aplicarían al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en caso de darla de baja.
Cuauhtémoc Villela Bueno, juez Décimo Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de México, otorgó la protección a la quejosa en el procedimiento ordinario laboral 405/2025, y fijó una fecha límite para la reinstalación.

Asimismo, dejó claro que una vez reinstalada, la mujer deberá gozar de una licencia por maternidad.
De acuerdo con antecedentes, la empresa, perteneciente al sector de las telecomunicaciones, y la trabajadora, mantenían una relación laboral en el municipio de Naucalpan. Días antes de su despido, ella informó sobre su embarazo.
Posteriormente, sin causa justificada, la compañía la despidió alegando motivos administrativos.
No obstante, existen indicios en el sentido de que la decisión estuvo motivada por su estado, lo que configuró una acción discriminatoria.
Ante ello, la mujer presentó una demanda en el Tribunal Laboral, solicitando su reinstalación, así como la protección de sus derechos sociales y laborales. Principalmente, pidió la aplicación de medidas cautelares, entre ellas, que no se le diera de baja del IMSS al que se encuentra afiliada, ni que se cancelen las pólizas de seguros contratadas a su favor.
La trabajadora manifestó que su despido contraviene las disposiciones de protección, principalmente embarazo; y consideró que la empresa actuó en violación a las obligaciones de igualdad y no discriminaciones previstas en la Ley Federal del Trabajo, así como en tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano.
Tras un análisis de las pruebas, incluidos testigos y documentación, el juez concluyó que existen indicios claros de que la separación laboral se motivó por la condición de gestante.
Por ello, ordenó la reinstalación con todos los derechos y beneficios que correspondían, incluyendo la seguridad social y la cobertura médica a través del seguro de gastos médicos mayores. Asimismo, prohibió a la empleadora cancelar beneficios o realizar despidos relacionados con su embarazo durante el proceso judicial, para garantizar su protección inmediata y continua.
LP