Una ampliación a los plazos de mandato de los actuales ayuntamientos en Hidalgo es imposible, afirmó el magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez Mondragón, pues el artículo 126 de la Constitución local contempla escenarios para evitar que los funcionarios electos permanezcan por más tiempo del que determina la norma, como es el caso de la designación de los Concejos Municipales.
De igual forma, Rodríguez Mondragón señaló que se debe respetar la Ley en todo sentido, pues al órgano administrativo municipal se le elige por un término y no existe excepción alguna que permita prolongar estos plazos, ya que de hacerlo sería vulnerar la lógica misma de la democracia, pues los períodos de poder son finitos, además de que no se puede poner en riesgo el ciclo político democrático de la entidad, por ello será el Legislativo local quien tendrá el mayor peso en la selección de los órganos provisionales de gobierno municipal para que se respete la gobernabilidad.
Así también tanto el Instituto Nacional Electoral (INE) como el Instituto Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH), deberán establecer puntualmente las fechas para cumplir los plazos de todo el desarrollo del proceso electoral y así brindar la certeza de cada voto ciudadano; así como del desahogo puntual de los medios de impugnación para que todas las quejas que se presenten sean atendidas y resueltas, pues con la “nueva normalidad” se deberán ajustar algunas cuestiones para el desarrollo de campañas electorales y la fiscalización de las mismas.
“La norma prevista en el artículo 126 de Hidalgo abre la posibilidad de que en condiciones extraordinarias, como es esta pandemia, se pueda implementar una respuesta legalmente factible como es la instalación de los Concejos Municipales Interinos para posponer la toma de protesta de las autoridades electas y así procurar de manera provisional gobernabilidad en cada municipio; pero una vez que se reanude la actividad electoral se deberán ajustar los plazos para las etapas de este proceso, ante los medios de impugnación se debe hacer un ajuste; de igual forma los plazos relevantes para emitir un voto informado como son las campañas, por lo que virtualmente estaríamos al menos a 70 días de la toma de protesta de los ayuntamientos; respecto a los periodos de resolución de medios de impugnación se deberán desahogar con celeridad pero maximizando y garantizando la legalidad de las elecciones y la legitimidad de las autoridades electas, son acciones para garantizar el ejercicio efectivo a los derechos políticos electorales”, manifestó.
Por su parte la presidenta de la Junta de Gobierno del Congreso Local, María Luisa Pérez Perusquía, aseguró desde el legislativo se garantizará que las reglas para ejercer el mandato de los nuevos ayuntamientos estén apegadas a la legalidad, la certeza y a la seguridad jurídica, y que cualquier posible modificación del sistema de reglas se dé mediante los canales institucionales, democráticos y establecidos en la Ley.