Política

TEPJF: Autoridades electorales de Tabasco y Chihuahua, responsables de quejas contra Andy, Andrea Chávez y Pérez Cuéllar

META 27

TEPJF reiteró que los recorridos de aspirantes a las elecciones del 2027 en estados y distritos deben ser rastreados por las autoridades locales y no por el INE "no se acredita estrategia nacional".

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El Tribunal Electoral respaldó que sea la Junta Distrital 06 de Tabasco y el Organismo Público Local Electoral de Chihuahua y no el INE, los que rastreen los recorridos de Andrés López Beltrán, de Andrea Chávez y Cruz Pérez Cuéllar, pues no se acredita una “directriz nacional” sino acontecimientos locales aislados.

Movimiento Ciudadano acusó al INE de “exculpar” los presuntos actos anticipados de campaña de aspirantes de Morena a diferentes cargos de la elección de 2027, por negarse a iniciar investigaciones por una estrategia nacional con impacto en las elecciones locales de todo el país.

Volvió a impugnar que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE se haya negado a investigar sus denuncias, ahora, concretamente en contra de Andrés Manuel López Beltrán quien aspira a una diputación federal por Tabasco, y de Cruz Pérez Cuéllar y Andrea Chávez, entonces, ambos aspirantes a la gubernatura de Chihuahua.

En el caso de ‘Andy’ López Beltrán, el INE lo remitió a la Junta Distrital 06 de Tabasco, pues Movimiento Ciudadano señaló que sus recorridos eran para posicionarse en búsqueda de esa diputación; y en los de Andrea Chávez y Cruz Pérez Cuéllar lo envió al OPLE de Chihuahua.

El partido naranja alegó que el INE no debía fragmentar estas denuncias, pues todos estos eventos forman parte de una estrategia nacional de Morena para adelantar sus posibles candidaturas para todos los cargos de la elección del 2027, bajo el nombre de coordinaciones, además, de que incurre en la omisión de dar vista a la Unidad Técnica de Fiscalización para que rastree los gastos de los recorridos que se hacen en cada estado.

Argumentó que la dirigente nacional de Morena, Ariadna Montiel declaró en conferencia desde la Ciudad de México: “¿Cuál es la mejor tarea para quienes quieren ser coordinadores y, cuando venga el proceso, candidatos? El trabajo casa por casa", con lo que consideró, que se acredita que los recorridos de López Beltrán en Tabasco, Pérez Cuéllar y Chávez en Tabasco forman parte de esta instrucción nacional.

Y acusó al INE de “otorgar valor exculpatorio” al señalar que se trata de un proceso interno y que en todo caso, debían ser las autoridades electorales locales las que lo revisaran.

El magistrado Felipe Fuentes presentó un proyecto en el que concluyó que “no juzgó la licitud de los actos denunciados”, sino que, con la revisión de lo que Movimiento Ciudadano entregó, “constató que los contenidos se limitaban a acontecimientos locales aislados o a la vida interna del partido, sin que existiera indicio alguno sobre la supuesta ‘estrategia’ o ‘directriz nacional’ ilegal”.

Por lo que, las denuncias “están acotadas al territorio de cada entidad federativa y vinculadas con la elección de la gubernatura, sin que se advierta incidencia en algún proceso electoral federal”.

En el caso de Andrés Manuel López Beltrán se denunciaron recorridos en el distrito seis de Tabasco, y publicaciones de éstos en redes sociales; por lo que el INE determinó que el asunto debía analizarlo la 06 Junta Distrital Ejecutiva en ese estado.

En cuanto a Andrea Chávez, Movimiento Ciudadano la acusó de un evento presencial el 4 de agosto en Chihuahua, “la difusión en Instagram de imágenes promocionales utilizando su nombre e imagen personal, notas periodísticas que dan cuenta de sus manifestaciones explícitas sobre su aspiración a la gubernatura de esa entidad federativa”.

Y a Cruz Pérez Cuéllar “se le atribuyó la ejecución de actos de contacto directo en calles y colonias del territorio chihuahuense, complementados con publicaciones en Instagram donde se aprecian banderines y logotipos con su nombre e imagen orientados a proyectar un triunfo comicial de cara al proceso electoral local 2026-2027 en Chihuahua”.

El magistrado concluyó que “no resulta jurídicamente viable que el INE realice un análisis integral o conjunto de éstos para asumir competencia para el conocimiento de la queja, cuando resulta evidente que, dada su naturaleza local, la investigación de los hechos denunciados debe estar a cargo de los organismos públicos locales electorales de cada entidad federativa en la que se atribuyen actos concretos”.

Por lo que, el Tribunal Electoral respaldó que el INE haya decidido enviar cada queja a la autoridad electoral en donde realizaron los actos por los que se les denuncia, y determinó que “corresponderá a los órganos receptores analizar los hechos en el ámbito de sus atribuciones y determinar si procede dar vista” a la Unidad Técnica de Fiscalización del INE.


EHR

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Jannet López Ponce
  • Jannet López Ponce
  • Reportera de Grupo MILENIO desde 2013. Especializada en periodismo político, electoral e inteligencia financiera. Premio Pantalla de Cristal al mejor reportaje con “Revolución feminista en la montaña” y nominación con “Ucrania, la huida”
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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