Política

TEEH desecha recurso de comunidad indígena tepejana

Presentación extemporánea, la causa

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Tras revisar el recurso de impugnación contra la asamblea en la que se eligió a la nueva delegación auxiliar de la comunidad indígena San Ildefonso, de Tepeji del Río, el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) lo desechó por considerar que se presentó de manera extemporánea.

Durante la última sesión de la instancia, se estableció que luego de un análisis la propuesta del ponente era "desechar de plano la demanda al actualizarse la causal de improcedencia, consistente en su presentación de forma extemporánea".

Se explicó que del análisis de las constancias que integran el expediente se advierte que los actores tuvieron conocimiento de los hechos que dieron origen al acto reclamado desde la asamblea general celebrada el 24 de mayo de 2026, pues participaron directamente.

Y la legislación electoral local establece que "los medios de impugnación deben promoverse dentro del plazo de cuatro días, contados a partir del día siguiente a aquel en que se tenga conocimiento del acto impugnado, por tanto, al haber participado en la asamblea general y conocer las circunstancias que dieron origen al posterior reconocimiento efectuado por el ayuntamiento, el plazo para interponer el juicio era del 25 de mayo al 2 de junio, no obstante, la demanda fue presentada hasta el 18 de junio".

Por tanto el juicio reclamado por la parte se realizó fuera de tiempo y por esta razón, luego de exponerse ante el pleno, fue descartado, atendiendo la ley en la materia, la cual establece los plazos específicos.

Se precisó incluso que "atendiendo a la naturaleza de la controversia y al tratarse de personas integrantes de una comunidad indígena, la ponencia realizó un análisis con perspectiva intercultural, privilegiando el derecho de acceso efectivo a la justicia y adoptando el escenario más favorable para la parte actora, bajo el supuesto de que el conocimiento pleno del acto reclamado hubiera ocurrido en una fecha posterior a la celebración de la asamblea general".

Sin embargo, tras revisar las pruebas se acreditó que los promoventes sí conocieron sobre la asamblea y su resolutivo, e incluso participaron en ella, por lo que no podía ignorarse el plazo procesal argumentando desconocimiento del hecho reclamado.

Cabe señalar que el juicio para la protección de los derechos políticos-electorales con folio TEEH-JDC-073/2026, fue promovido por César Cruz Benítez, Héctor Calva Melquiades, Víctor Benítez Martínez, Gil Crisóstomo Ramírez y Martín Ramírez Atilano, integrantes de la delegación auxiliar saliente, y se manifestaba en contra del reconocimiento que la alcaldesa Tania Valdez Cuéllar y su cabildo hizo a la delegación electa en esa asamblea, en la que consideraron que se registraron irregularidades durante la elección de Melitón Doniz Esteban y Pascual Ríos Reyes, actual delegado y subdelegado, respectivamente.


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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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