Política

Ésta es la pregunta que el Senado aprobó para la revocación de mandato

Con 101 votos a favor y dos en contra, se aprobó en lo general y en lo particular la Ley Federal de Revocación de Mandato.

Después de que la presidenta del Senado, Olga Sánchez Cordero, informara que la pregunta para la revocación de mandato sería modificada, este viernes los legisladores avalaron los cambios.

Con 101 votos a favor y dos en contra, se aprobó en lo general y en lo particular la Ley Federal de Revocación de Mandato, por lo que ya está autorizada integrar la propuesta de modificación al dictamen que expide la ley.

¿Cuál será la pregunta? 

Después de 15 horas de sesión, los legisladores de todos los partidos aceptaron la pregunta: 

¿Estás de acuerdo en que a (nombre). Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?

Las respuestas serán: 

  •  Que se le revoque el mandato por pérdida de la confianza 
  •  Que siga en la Presidencia de la República 

López Obrador aprovechó su conferencia para criticar a los medios de información. (Cortesía)
El presidente López Obrador en conferencia matutina. (Cortesía)

INE organizará y difundirá consulta 

El Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación, incluyendo los consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.

El INE deberá iniciar la difusión de la consulta al día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la cual concluirá hasta tres días antes de la jornada electoral. 

La promoción del instituto deberá ser objetiva, imparcial y con fines informativos. De ninguna manera podrá estar dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía, a favor o en contra de la revocación de mandato. 

Los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en el proceso de revocación de mandato y se abstendrán de aplicar los recursos derivados del financiamiento público y del financiamiento privado para la realización de sus actividades ordinarias permanentes o sus actividades tendientes a la obtención del voto. 

La jornada de revocación de mandato se celebrará el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales federal o locales.

Con información de Silvia Arellano.

LG

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