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Amplían período de reserva de información

Tras la aprobación del Itaih sobre los lineamientos para esta solicitud, se establece que el plazo para presentar la petición al instituto no debe ser mayor a tres meses

A partir de este 25 de octubre entran en vigor los lineamientos que establecen el procedimiento para la atención de solicitudes de ampliación del período de reserva por parte del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección De Datos Personales de Hidalgo (Itaih).

Dentro del documento se establece con respecto al plazo en que debe presentarse esta petición que “La solicitud de ampliación deberá realizarse por lo menos con tres meses de anticipación al vencimiento del periodo de reserva de la información, y con una antelación máxima de seis meses a dicho vencimiento, para lo cual el Comité de Transparencia del sujeto obligado dirigirá una solicitud a la Dirección Jurídica y de Acuerdos del Instituto, a través de la Unidad Central de Correspondencia o correo electrónico a efecto de iniciar el procedimiento correspondiente”.

En cuanto a la respuesta de la petición, establece que el pleno del Itaih debe emitir una resolución a la misma dentro de los 60 días hábiles siguientes, contados a partir de aquél en que recibió la solicitud; referente a las causales por las que se puede solicitar esta ampliación, en su sección II, numeral sexto establece que el Comité de Transparencia de los sujetos obligados podrá solicitar al Itaih ampliar nuevamente el período de reserva cuando se trate de información.

Así también enlista los requisitos que debe cumplir la petición, dentro del numeral séptimo: nombre del sujeto obligado; descripción clara y precisa de la información sobre la que se requiere la ampliación del periodo de reserva; fecha de desclasificación de la información; prueba de daño, debidamente fundada y motivada; plazo de reserva solicitado; acta del Comité de Transparencia mediante la cual se confirmó la reserva inicial de la información correspondiente, y acta del Comité de Transparencia mediante la cual se aprobó la primera ampliación del plazo de reserva de la información respectiva; si la solicitud de ampliación no cumple con alguno de los requisitos establecidos por el Itaih, dentro de un plazo que no podrá exceder de cinco días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud, podrá requerir al sujeto obligado para que subsane las omisiones en un término de hasta cinco días hábiles, con el apercibimiento que, de no cumplir, su solicitud se tendrá por no presentada.

Cabe recordar que en sesión ordinaria del pasado seis de octubre, la comisionada presidenta del Itaih, Myrna Rocío Moncada Mahuem, hizo de conocimiento al Consejo General la solicitud presentada al órgano garante por la Unidad de Transparencia de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH), a través del documento con folio UAEH/RE/UT/443/2022, referente a una solicitud de ampliación de reserva de información derivado de una solicitud de información.

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Teodoro Santos
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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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