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Exhorta TEEH a Pachuca a validar su elección de delegados en colonias

Esta elección debió haberse realizado el pasado 16 de octubre, señalan

Un exhorto al ayuntamiento y a la presidenta municipal de Pachuca para que puedan validar la elección de delegados municipales en más diferentes colonias emitió el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH). 

Esto luego de que la validez de esta elección debió haberse realizado el pasado 16 de octubre, apuntó la magistrada María Luisa Oviedo Quezada, quien resolvió el Juicio para la Protección de Derechos Políticos bajo el expediente JDC-TEEH-050/2018, donde la ciudadana, María del Rosario Heredia Lara, solicitaba al órgano jurisdiccional que invalidara la elección de los delegados de la colonia San Antonio del Desmonte.

Debido a que la elección no ha tenido la validez oficial por parte del ayuntamiento de Pachuca, refirió, este juicio se tuvo que cesar parcialmente debido a que al no tener certeza de la elección de delegados no se puede emitir un proceso de validez de la misma por parte de la autoridad municipal. 

Por ello, reiteró Oviedo Quezada, la urgencia de que el ayuntamiento ratifique esta elección pues sus mismos estatutos están siendo violados debido a que estipulaban que debía concretarse el proceso el pasado 16 de octubre de acuerdo a su propia convocatoria. 

En cuanto a los agravios esgrimidos por María del Rosario Heredia Lara de una negativa para permitir que emitiera su voto en esta elección, declaró infundado e inoperante dicho agravio, ya que no pudo presentar pruebas suficientes para sostener que le fue violado su derecho al voto en esta elección de delegados. 

Por otro lado en el juicio bajo el expediente JDC-TEEH-049/2018 interpuesto por la ciudadana, Daniela Samperio González, la magistrada Mónica Patricia Mixtega Trejo, declaró infundados los agravios en contra de la presidencia y ayuntamiento del municipio de Pachuca, ya que acusó su violación al derecho político de ser votada, mediante una convocatoria que emitió la autoridad municipal para tomar en cuenta su opinión para algunos proyectos a desarrollarse en el municipio. 

Asentó que no se vulnera el derecho político de votar o ser votada y así participar en el gobierno del país a través de la figura ciudadana, “se declara infundado este agravio ya que no aconteció, en las pruebas de parte del municipio, alguna situación que vulnere este principio, no se desprende el ingreso al ayuntamiento de algún escrito que se pudiera rechazar respecto a su participación”. 

Finalmente el magistrado presidente del TEEH, Manuel Alberto Cruz Martínez, añadió que los ciudadanos votaron de manera indirecta y directa ante la invitación emitida por la presidencia municipal, “esta invitación era para que los ciudadanos propusieran y participaran en estos proyectos y únicamente para dejarlo claro, no se vulneró ningún derecho político de la ciudadana”. 

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