El Congreso del Estado aprobó este viernes incorporar al Código Penal el delito de suplantación de identidad cuando este se lleve a cabo por homonimia, parecido físico o similitud de voz.
A propuesta del diputado Juan Manuel Cavazos, se aprobó la reforma al artículo 444 y de un artículo 444 bis del Código Penal para el Estado que establece que se incremente la pena una mitad de lo establecido.
El coordinador de la bancada del PRI, Francisco Cienfuegos, comentó que cuando se legisló el delito de suplantación de identidad, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), informó que este ilícito había crecido 89 por ciento en el primer trimestre de 2017.
“La suplantación de identidad es una acción cada vez más habitual en la República, no solamente en el estado de Nuevo León lo que se genera derivado de hacerse pasar por otra persona para llevar a cabo actividades de carácter ilegitimo, en ese sentido este Poder Legislativo en el año 2013 tipifico dicha acción como delito, el artículo 444 de nuestro Código Penal de nuestro Estado.
“Consideramos que nuestras leyes siempre son perfectibles, por eso estamos haciendo algunas adecuaciones que se establecen en el dictamen con el objetivo de robustecer el tipo penal en la entidad, se considera que el aumentar las sanciones hasta en una mitad, además de inhabilitación o suspensión para ejercer la profesión o cargo por un tiempo igual a la pena de prisión, cuando el ilícito sea cometido por un servidor público aprovechándose de sus funciones, o por quién se valga de su profesión para ello”, comentó.