El Comité de Derechos Humanos de la ONU concluyó por medio de un dictamen que Guatemala violó los derechos de Fátima de 14 años quién quedó embarazada tras una violación y fue obligada a continuar con la gestación y a asumir la maternidad; situaciones que vulneraron sus derechos a una vida digna y a la autonomía reproductiva, esto aunado a que lo ocurrido constituyó también un trato comparable a tortura.
De acuerdo con el Comité, Fátima (nombre que se menciona para proteger su identidad) quedó embarazada tras ser violada por un ex director de una guardería pública a la que asistía de niña, y tras esto se le negó el acceso al aborto legal y fue obligada a asumir responsabilidades parentales. Cabe mencionar que cuando su madre se enteró de los abusos, los denunció y luego fue sobornada y amenazada por el agresor, por la esposa del agresor y por otros integrantes de la familia del violador.
“Ninguna niña debería ser obligada a llevar en su vientre al hijo de su violador. Hacerlo, le arrebata su dignidad, su futuro y sus derechos más fundamentales; esto no es solo una violación de la autonomía reproductiva, es un acto de profunda crueldad”, señaló Hélène Tigroudja, integrante del Comité.
Pero además de ser víctima de abuso, la menor tuvo que pasar por nueve años de procedimientos penales durante los cuales el agresor ejerció presión constante sobre Fátima y su familia para que retiraran la denuncia, y al final logró evadir la justicia, ya que Guatemala no investigó adecuadamente la violación ni tomó medidas efectivas para procesar al imputado.
Frente a esto fue que Fátima llevó su caso ante el Comité, alegando que se habían violado sus derechos reconocidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
La ONU señaló que actualmente Guatemala es uno de los países de América Latina con las tasas más altas de maternidad forzada y de impunidad sistemática frente a violencia sexual, y aunque el Código Penal guatemalteco permita el aborto en situaciones específicas para evitar un riesgo sobre la vida de la madre, en la práctica, el acceso al aborto legal es prácticamente imposible.
Cabe señalar que además de tener que llevar su embarazo a término, también se vio obligada a amamantar a su hijo a pesar de su deseo expreso de no verlo ni de participar en su cuidado; hechos que aunado a la violencia de la que fue víctima le causaron profundos sufrimientos que la llevaron a dos intentos de suicidio como única manera de escapar a su futura maternidad forzada. Actualmente el niño nacido de dicha violación vive con la madre de Fátima, aunque es ella quien lucha para cubrir sus gastos de alimentación, ropa y educación.
Frente a esto el Comité concluyó que Guatemala violó el derecho de Fátima a la vida, protegido por el artículo 6 del PIDCP, recordando que este derecho también implica el derecho de vivir con dignidad y que requiere que los Estados adopten medidas positivas para garantizar el derecho pleno a la salud sexual y reproductiva.
Asimismo también señalaron que se violó el artículo 7 del Pacto, que prohíbe la tortura y el trato cruel, inhumano o degradante, dado que el Pacto se refiere no solo al dolor físico, sino también al sufrimiento moral.
Por lo cual, el Comité instó al Estado parte a establecer un sistema para registrar y monitorear los casos de violencia sexual, embarazo y maternidad forzada en niñas y adolescentes, para poder mejor trabajar en su erradicación; y también le solicitó adoptar medidas para reparar el daño que el embarazo y la maternidad forzada causaron en los proyectos de vida de Fátima, facilitándole el acceso a la educación superior y a las actividades extracurriculares que ella considere necesarias para poder alcanzar sus metas profesionales y personales.
Finalmente se solicitó a Guatemala que haga un reconocimiento público de responsabilidad y que garantice el acceso a la educación y a la atención psicológica para el hijo nacido de la violación.
LG