La magistrada presidenta, Mónica Soto, propuso al Tribunal Electoral declarar infundados los alegatos del Senado de la República, sobre su inconformidad de que el INE decida declarar cargos judiciales vacantes en caso de un empate, en lugar de convocar a una elección extraordinaria.
En el proyecto que la presidenta circuló a sus pares de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que se aprobará este miércoles y del que MILENIO tiene una copia, Mónica Soto le recuerda al Senado que fueron ellos mismos los que en la reforma judicial, le quitaron al INE por primera vez, su facultad de convocar a elecciones, por lo que no pueden ahora esperar que asuma una facultad que la Constitución indica, es exclusiva del Legislativo.
INE, sin facultad para declarar vacancia de cargos, declara Senado ante TEPJF
Después de que el Consejo General del INE aprobó que en casos de empates y tras revisar los requisitos de elegibilidad de las candidaturas, podría declarar vacantes los cargos judiciales en estos supuestos, el Senado impugnó el acuerdo.
El Senado acusó ante el Tribunal Electoral “carencia de facultades del INE para declarar la vacancia de cargos ante un empate y la omisión de prever que lo que se debería de hacer es convocar a una elección extraordinaria”, lo que la magistrada presidenta propone declarar infundado.
“El INE carece de competencia constitucional y legal para convocar a elecciones para elegir personas integrantes del PJF, ya que, por mandato constitucional, la única autoridad competente para ello es el propio Senado de la República”.
El proyecto recuerda que el artículo 94 y 96 de la ley advierte que para que ministras y ministras de la Suprema Corte, magistraturas de las Salas del Tribunal Electoral, del Tribunal de Disciplina, juezas y jueces de distrito y magistraturas de circuito “sean electas popularmente por la ciudadanía, corresponderá al Senado la publicación de la convocatoria para la integración de las candidaturas, la cual deberá contener las etapas que comprendan el procedimiento, fechas y plazos improrrogables, así como los cargos a elegir”.
Mientras que, al INE “únicamente le corresponde la organización de dichos comicios, según se prevé en el propio artículo 96 de la Constitución, al señalar que el Senado de la República recibirá las postulaciones y remitirá los listados al INE para que organice el proceso electivo, cuya fase de preparación iniciará con la primera sesión que celebre su Consejo General”.
Por lo que concluye que “es claro que la encomienda constitucional para convocar a elecciones para los distintos cargos del PJF, recae directa y exclusivamente en el Senado de la República, más no en el INE, a quien sólo le corresponde, entre otras actividades, organizar los comicios que vayan a convocarse por el referido ente legislativo y, en particular en la etapa de asignación de cargos, entregar las constancias a las candidaturas que resulten ganadoras.
También recuerda que esa misma reforma judicial, le dio facultades al INE para emitir todos los acuerdos necesarios para aquellas situaciones no previstas en la reforma judicial, y estos casos, son ejemplo de ello.
“Resulta infundado porque el órgano reformador de la Constitución dispuso que el Consejo General del INE contaba con las atribuciones necesarias para emitir acuerdos con el objeto de organizar y desarrollar el proceso electoral extraordinario, por lo que sí cuenta con facultades para establecer el procedimiento para atender los supuestos de empate entre dos candidaturas a un mismo cargo, a partir de la determinación de vacancia de este derivado de no contar con una persona ganadora, según el tipo de elección de que se trate, en uso de su facultad reglamentaria”.
Por lo que propone que el INE se encargue de determinar las vacancias y el Senado deberá asumir su responsabilidad de convocar a una elección extraordinaria en caso de ser necesario.
Este proyecto se someterá a votación de la Sala Superior este miércoles.

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