Política

Decreto federal entrará en vigor antes que reforma a ley estatal sobre regulación de uso de celulares en escuelas

Natividad Castrejón estimó necesaria una regulación estatal; no prevén se interpongan amparos.

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A pesar de que en Hidalgo se reformó la Ley de Educación estatal para regularizar el uso de celulares, tablets, y otros dispositivos digitales en escuelas, con la publicación del Diario Oficial de la Federación se adelantarán los tiempos al 03 de noviembre para su instrumentación.

La Secretaría de Educación Pública en la entidad informó que la reforma al artículo 69 de la Ley de Educación estatal estimó 180 días para socializar el tema de la regulación de los equipos celulares y uso de pantallas en las escuelas de nivel básico, así como media superior. Sin embargo, al emitirse el decreto este se adelantará a noviembre próximo, pues si bien la ley se aprobó a finales de julio pasado, son seis meses el plazo estatal para la entrada en vigor, es decir, hasta diciembre.

Natividad Castrejón, titular de la SEPH, explicó que en la entidad no se evitará el uso de tablets y celulares, sino que solamente se limitará a tener un uso pedagógico en los planteles. Aclaró que la normativa “para limitar su uso durante el horario de clases se restringe para el uso didáctico”.

Con una presentación se especificó que no se permitirá el uso de dispositivos móviles durante la jornada educativa, pero con la excepción de que sea para uso pedagógico y para emergencias. Hasta el momento, no se describió si aplicará para docentes, trabajadores de la educación, escolares y demás integrantes de la comunidad educativa por igual.

En entrevista con MILENIO, al finalizar la conferencia de prensa, Natividad Castrejón, explicó que en las asambleas se buscará colaborar para establecer acuerdos con padres de familia y comunidad educativa. Y descartó que se presenten amparos de tipo legal para que algunos estudiantes se protejan y sigan utilizándolos en el aula. 

“No se consideran amparos, los padres son los más interesados en que se disminuya el uso”, afirmó.

Ante la pregunta de ¿sí es necesaria la reglamentación para que la medida entre en vigor? Castrejón Valdez consideró que se requiere contar con reglas claras para evitar que se puedan dar situaciones de excepción sin justificación. 

“Debe haber un margen para acuerdos locales y ampliar la regulación porque las entidades son distintas”, consideró.

El artículo 44 de la citada ley precisa que la utilización de los dispositivos móviles en el aula debe ser planeada y supervisada por el personal docente para integrarlos al proceso de enseñanza aprendizaje, sin comprometer la atención ni el bienestar del estudiantado.


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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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