Un proyecto de resolución del ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Hugo Aguilar Ortiz, perfila declarar inconstitucionales diversos artículos del Código Penal de Tamaulipas que tipifican el aborto como un delito. El tema sería discutido este jueves por el Pleno; sin embargo, se pospuso para una próxima sesión.
Corte analiza declarar inconstitucional la falta de acceso a salud reproductiva
La sentencia, que será analizada tras ejercerse la facultad de atracción en el amparo en revisión 426/2025, también considera inconstitucional la omisión de las autoridades gubernamentales de garantizar el acceso a servicios de salud reproductiva.
El criterio que será sometido a consideración de los ministros plantea que las disposiciones contenidas en el Código Penal estatal vulneran derechos fundamentales, especialmente a la salud de las mujeres y personas con capacidad de gestar. “Son normas que atentan contra la autonomía reproductiva”, se expone.
¿En qué consiste el proyecto de la SCJN sobre aborto en Tamaulipas?
El proyecto de resolución corresponde a la revisión de una negativa de amparo por parte del Décimo Primer Juzgado de Distrito de Tamaulipas a un grupo de mujeres que solicitaron la protección de la justicia federal contra la criminalización del aborto en el estado. La autoridad de primera instancia negó la petición, al argumentar que las quejosas no tenían interés legítimo en el asunto.
De acuerdo con el dictamen de Aguilar Ortiz, “la criminalización del aborto en Tamaulipas genera consecuencias graves para la salud física, mental y emocional de las mujeres, quienes se ven expuestas a complicaciones serias en procedimientos clandestinos y potencialmente peligrosos”.
Abortos inseguros por represalias a mujeres y personal de salud
Se señala que una de cada cuatro mujeres que recurre a un aborto inseguro sufre complicaciones de salud que requieren atención médica; sin embargo, muchas no buscan ayuda debido al temor a represalias legales o a la discriminación en los servicios de salud.
El proyecto también aborda las implicaciones de las sanciones impuestas a los profesionales de la salud que realizan abortos consentidos. El Código Penal de Tamaulipas establece penas para el personal médico, incluida la suspensión del ejercicio profesional, lo cual “perpetúa el estigma social y la discriminación hacia ellos”, se apunta.
Se concluye que este tipo de normativas no solo afecta a los trabajadores de la salud, sino que también limita el acceso a un aborto seguro, al disuadir a los profesionales capacitados para realizar el procedimiento. Asimismo, se enfatiza que el Estado tiene la obligación de garantizar el acceso a servicios de salud para la interrupción voluntaria del embarazo, de acuerdo con los derechos humanos y los estándares internacionales.
¿Cuándo se llevará a a cabo la resolución?
En ese contexto, el ministro presidente propone revocar las causas de improcedencia relativas a la inexistencia del acto reclamado y a la falta de interés legítimo. De aprobarse su proyecto, la justicia federal habrá de amparar y proteger a las personas quejosas en contra del artículo 16, segundo párrafo, en la porción normativa “desde el momento de la fecundación hasta su muerte natural”, de la Constitución Política de Tamaulipas, así como de los artículos 356, 357, primer párrafo, 358, fracciones I y II, 359, 360 y 361, fracción II, del Código Penal para el Estado.
La resolución final sobre este tema queda pendiente hasta la próxima sesión del Pleno de la Corte, luego de que era el último de los asuntos enlistados en la sesión de ayer, en la que el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz decidió dejar para otra ocasión los últimos dos proyectos de la jornada.
AA