La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo el caso de la saxofonista María Elena Ríos, quien hace siete años fue víctima de un ataque con ácido y que busca que los presuntos responsables no sean absueltos de los delitos que les imputó la Fiscalía General de Justicia de Oaxaca, entre ellos, el exdiputado local Juan Antonio Vera Carrizal.
Con siete votos a favor y con el voto en contra de María Estela Ríos González, el Pleno decidió atraer este asunto.
La ministra Sara Irene Herrerías Guerra se declaró impedida para conocer el caso, porque tuvo parte de la investigación cuando estuvo al frente de la Fiscalía de Derechos Humanos, en la Fiscalía General de la República (FGR).
Es un caso de extrema violencia
La ministra Loretta Ortiz Ahfl dijo que el asunto es de trascendencia, porque se trata de un caso de extrema violencia contra una mujer.
“Existen razones de especial interés y trascendencia que justifican ejercer la facultad de atracción, pues estamos ante un caso de extrema violencia feminicida en la que una mujer fue atacada con ácido en el rostro, poniendo en grave riesgo su integridad y su vida. Estimo que la intervención de esta Suprema Corte permitiría precisar los alcances del principio de inmediación y determinar las atribuciones de un juez sustituto para dejar sin efectos un fallo absolutorio y ordenar la reposición de un juicio oral. Se trata de una cuestión de especial relevancia, no sólo por sus implicaciones para el debido proceso y la seguridad jurídica, sino también para garantizar el acceso efectivo a la justicia de las víctimas de violencia de género”, manifestó.
No vamos a resolver a fondo
Por su parte, el presidente de la Corte, dijo que el Pleno no va a resolver el fondo del asunto. Dijo que se trata de caso sui géneris que se presenta en el proceso.
“… porque después de haberse llevado la audiencia de juicio oral de se dictó una sentencia absolutoria y de manera inmediata, pues se suspendió al juez que había presenciado la audiencia. Se sustituye por otra juez y la juez, la nueva juez establece que no, al no estar presente en la audiencia no tenía la posibilidad de poner por escrito la sentencia. Y al contrario, eso anula todo el juicio.
“Entonces, el punto de debate en esta solicitud de facultad de atracción es precisamente esta situación sui géneris que se presentó, más allá que, efectivamente subyace esta situación delicada…”, comentó.
Antecedentes
María Elena Ríos fue atacada con ácido en su casa en Huajuapan de León, Oaxaca, el 9 de septiembre de 2019, ocasionándole lesiones en el rostro y gran parte de su cuerpo.
La mujer señaló a su expareja, Juan Antonio Vera, como el autor intelectual, caso en el que está implicado su hijo Juan Antonio Vera Hernández, actualmente prófugo de la justicia
En 2020, Vera Carrizal se entregó a las autoridades. Después se detuvo a Rubicel Hernández Ríos y Rubén Loaeza Chárrez, como probables autores materiales del delito.
El 14 agosto de 2024, el juez José Gabriel Ramírez Montaño absolvió a Vera Carrizal y a los otros dos señalados del intento de feminicidio.
Ese mismo día, pero horas después, el Poder Judicial de la citada entidad dio a conocer que María Antonia Esteva Domínguez, jueza sustituta del Tribunal de Enjuiciamiento del Circuito Judicial de la Mixteca, notificó al director del Centro Penitenciario Varonil de Tanivet, que quedaba sin efecto la boleta de libertad que fue ordenada a favor de los imputados.
Esto llevó a Juan Antonio Vera a promover amparos, que son los mismos que analizará la Suprema Corte.
LG