La iniciativa preferente del gobernador Omar Fayad Meneses, sobre la reforma al Código Penal en materia de robo, fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Seguridad Ciudadana y Justicia del Congreso del estado y será presentada este miércoles ante el Pleno para su discusión y votación, de acuerdo con el presidente de la Comisión, Octavio Mgaña Soto.
Con el inicio de la LXV legislatura el mandatario estatal envió la primera iniciativa preferente al Congreso local en el mes de septiembre, sin embargo, la Comisión de Seguridad se instaló el 18 de octubre y la ley establece que se tiene un mes para la dictaminación de las iniciativas preferentes, plazo que se cumple este 18 de noviembre.
Magaña Soto apuntó que la iniciativa del gobernador fue la primera en ser atendida al interior de la Comisión que preside, la cual apuntó, fue aprobada por unanimidad. Ahora debe pasar al Pleno del Congreso.
“El término jurídico para su aprobación es un mes, por eso se le dio la prioridad, lo importante es que se hizo un trabajo de estudio con la Procuraduría y con las áreas técnicas tanto como estudios legislativos como los integrantes de la Comisión y los secretarios técnicos”, sostuvo el legislador.
Precisó que como parte de la reforma se anexó al Código Penal en los artículos 224 y 225 el adjetivo de posesión, “cuando tú adquieras un vehículo que sepas que viene de dudosa procedencia, algo que en el sentido de flagrancia dejaba en estado de indefensión al ciudadano y en este caso el delincuente salía 24 o 72 horas después, esto ayudará a que cada persona que compre un vehículo tenga que sacar una constancia ante la Procuraduría y que ese sea la responsiva pero directa de una institución”.
La iniciativa de reforma al Código Penal, enviada por el gobernador al Congreso del estado, la primera de la LXV legislatura tras el inicio del primer año de ejercicio constitucional, plantea sancionar a quienes participen en un hecho ilícito de robo, incluido el de autos.
En ella se plantea, en el artículo 224, que al que después de la consumación de un hecho típico de carácter patrimonial y sin haber participado en éste, reciba, adquiera u oculte el producto de aquél, a sabiendas de su ilegítima procedencia se le impondrán las tres cuartas partes de la punibilidad prevista para tal hecho típico.
La misma punibilidad se aplicará a quien posea un vehículo automotor con reporte de robo registrado en alguna plataforma autorizada, dentro de las setenta y dos horas siguientes a la emisión del reporte y con conocimiento de su procedencia ilícita.
La iniciativa también plantea que si el que recibió, adquirió o tuvo posesión de la cosa, no tuvo conocimiento de que su procedencia era ilegítima, por no haber tomado las precauciones indispensables para asegurarse de que la persona de quien la recibió tenía derecho para disponer de ella, se aplicará la mitad de la punibilidad referida en el artículo 224.
Para los efectos del párrafo anterior, precisa el documento, se entenderá que se adoptaron las precauciones indispensables, cuando previo a la adquisición de vehículos de motor los interesados obtengan su constancia que acredite la legítima procedencia emitida por el área competente de la Procuraduría General de Justicia del Estado o su documento equivalente en otra entidad federativa.