Comunidad

¿Hay nombres prohibidos en Pachuca? Esto dice el Registro Familiar

El director del Registro señaló que intenta frenar el uso de nombres que puedan derivar en burlas o bullying.

En 2009 una abuela y su hija junto con la bebé recién nacida de ésta última acudieron al Registro del Estado Familiar de Pachuca para registrar a la menor con el nombre de Cole, en honor a la cantante de jazz Natalie Cole.

El director del Registro, Miguel Ángel Cortés Osorno, les recomendó no ponerle ese nombre a la niña pues no se trataba de un nombre propio y les advirtió que se podrían arrepentir, sin embargo, la mamá argumentó que se lo ponían por la artista. La madre y la abuela insistieron y su hija fue registrada como Cole.

Cinco años después, cuando la niña había crecido, fue víctima de bullying en la escuela por llamarse Cole, a quien le decían nombres peyorativos. La abuela y la mamá regresaron al Registro del Estado Familiar para cambiarle el nombre, a lo cual el director del Registro les dijo que debían iniciar un procedimiento para poder hacerlo.

Padres optan por nombres de celebridades

Miguel Ángel Cortés señaló que en el Registro a su cargo no han puesto nombres raros a los menores recién nacidos, pero que los padres eligen por regular nombres que están relacionados con artistas, deportistas o futbolistas.

“En Pachuca no hemos tenido nombres raros porque previa plática con los padres les hacemos ver que nombres raros no se pueden poner porque posteriormente los niños o niñas pueden ser objeto de un bullying en la escuela, vecinos de la colonia o inclusive de los mismos familiares y eso está mal porque le crean un complejo al menor con el nombre”, sostuvo.

Así en el Registro del Estado Familiar de Pachuca se han puesto nombres a los recién nacidos, por elección de sus padres, como Paulet, Brayan, Anja, Gael, Lesath, Eithan, Elian, Joan, Natalie, Jenifer, Tiago, Sahylí, Alana, Iktan y Emily.

Cortés Osorno puntualizó que en Pachuca no hay nombres que estén prohibidos, sin embargo, enfatizó que no se permiten nombres compuestos de padres o abuelos debido a que no se entienden o los menores podrían sufrir bullying en el futuro.

“Al rato los que van a sufrir las consecuencias son las niñas, los niños y no los padres”.

Respecto a si los padres insisten en ponerle a su hija o hijo determinado nombre, previa plática de que eso no es conveniente, apuntó: “qué podamos hacer nosotros, el derecho a la identidad del niño se la tenemos que dar”.

Lo que dice la ley sobre el derecho a la identidad

La Ley para la Familia del Estado de Hidalgo establece que el Estado garantizará a toda persona el derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento. El Registro del Estado Familiar y las autoridades municipales exentarán de cobro el derecho por el registro de nacimiento, expedirán gratuitamente la primera copia certificada del acta de nacimiento.

Tienen obligación de declarar el nacimiento, el padre y la madre o cualquiera de ellos, a falta de éstos, los abuelos paternos o maternos, indistintamente, dentro de los cuarenta días siguientes a la fecha en que ocurrió aquél.

Los médicos cirujanos o parteras que hubieren asistido al parto, tienen obligación de dar aviso del nacimiento al Oficial del Registro del Estado Familiar, dentro de los quince días siguientes.


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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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