Comunidad

TEPJF confirmó violación al principio de separación Iglesia-Estado por parte de Juan Sandoval

Determinó además que será responsabilidad de la Secretaría de Gobernación decidir si el Cardenal Emérito de Guadalajara recibirá alguna sanción

La Sala Especial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la existencia de la violación al principio constitucional de separación Iglesia-Estado, por parte del Cardenal Emérito de Guadalajara Juan Sandoval Íñiguez durante las elecciones en del 2021 en Jalisco.

Además, el Pleno revocó la infracción a la relativa a la violación del periodo de veda electoral, atribuida al cardenal Juan Sandoval Íñiguez, determinó que será responsabilidad de la Secretaría de Gobernación decidir si el Cardenal emérito de Guadalajara, Juan Sandoval Íñiguez recibirá alguna sanción luego de que trasgredió la separación Iglesia-Estado durante las elecciones del 2021.

“En materia de infracción a la normatividad electoral por parte de ministros de culto, la línea jurisprudencial de esta sala superior ha definido que corresponde a las autoridades electorales del procedimiento y determinar si existe o no una transgresión y solo una vez determinada esa responsabilidad le corresponderá a dar vista a la Secretaría de Gobernación para definir las sanciones correspondientes”, detalló Reyes Rodríguez Mondragón, presidente del TEPJF.

Fue el primero de junio del 2021, cuando el arzobispo Emérito de Guadalajara, Juan Sandoval Íñiguez publicó un video en sus redes sociales donde pidió a la feligresía católica “no votar por quienes están en el poder”, en plena veda electoral, lo que provocó que se dieran las elecciones extraordinarias en Tlaquepaque.

Las nuevas votaciones trascurrieron en noviembre de dicho año, sin sanción alguna para Sandoval Íñiguez, sin embargo, el Estado de Jalisco pagó por estas 23 millones de pesos para su realización.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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