El agua es un derecho humano y en la reglamentación de giros comerciales se garantiza que quienes consuman puedan tener acceso a este recurso. A diferencia de otros municipios metropolitanos, Guadalajara establece una medida a favor del consumidor en su Reglamento para el Funcionamiento de Giros Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios.
Tras el caso de una creadora en Tiktok que expuso el cobro de botellas de agua ofrecidas al interior de un establecimiento de la colonia Italia Providencia de Guadalajara, es importante saber que por reglamento no se debe cobrar el agua solicitada por la persona que consuma.
El documento señala lo siguiente en el punto IX del artículo 15:
“En los establecimientos dedicados a la venta de alimentos y a la venta y consumo de bebidas alcohólicas, queda prohibido servir agua natural embotellada a quien solicite agua como complemento de su consumo principal, siempre que el cliente no lo requiera en dicha presentación de manera expresa y puntual”.
Otros municipios como Zapopan, Tlaquepaque y Tlajomulco no hacen mención a este derecho ni tampoco se prohíbe la venta del agua.
El reglamento tapatío se puede consultar en este enlace.
SRN