Durante la tarde del miércoles 22 de abril, Luisa María Alcalde Luján presentó su renuncia a la dirigencia nacional de Morena tras casi dos años al frente del partido.
Con esto, la dirigencia del partido guinda quedará abierta a un nuevo perfil político. Aquí te explicamos cómo se debe escoger al próximo presidente de Morena, según el reglamento interno.
¿Cómo se elige al presidente de Morena?
Tras la salida de Luisa María Alcalde Luján, será Carolina Rangel —actual secretaria general del partido— quien asuma las funciones de la dirigencia de forma interina en lo que se elige al nuevo liderazgo.
Según el estatuto de Morena, el Comité Ejecutivo Nacional, integrado por la presidencia, durará en el cargo tres años, salvo renuncia, inhabilitación, fallecimiento o revocación de mandato de alguno de sus integrantes.
Por lo que en caso de que la presidencia quede vacante, el Congreso Nacional debe reunir a todas las personas consejeras estatales del país y quienes tengan la calidad de representantes de los Comités de Mexicanas y Mexicanos en el Exterior de Morena.
Dicho grupo será el encargado de elegir tanto a las personas consejeras nacionales como al Comité Ejecutivo Nacional.
Entrevista con Carlina Rangel
???? ¿Qué es lo que sigue para Morena luego de que Luisa María Alcalde aceptara la invitación de Sheinbaum para la Consejería Jurídica? Carolina Rangel, secretaria general del partido, nos explica.
— Milenio (@Milenio) April 23, 2026
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Funciones de la presidenta de Morena
Hay que recordar que el Comité Ejecutivo Nacional es el responsable de emitir los lineamientos para las convocatorias de los Congresos Distritales y Estatales; así como del Congreso Nacional.
También encabezará la realización de los acuerdos del Congreso Nacional, así como la implementación del plan de acción acordado por el mismo.
"Ejercerá las funciones, atribuciones y facultades que le deleguen el Congreso Nacional y el Consejo Nacional, excepto aquellas que les sean exclusivas a dichos órganos".
Por su parte, el presidente o presidenta del partido deberá conducir políticamente al partido y será su representante legal en el país, responsabilidad que podrá delegar en la Secretaría General en sus ausencias.
Este cargo es el responsable de coordinar la elaboración de la convocatoria a los Congresos Distritales, Estatales y Nacional. En casos excepcionales podrá otorgar poderes para el mejor despacho de asuntos de su competencia.
Ruta para elegir al nuevo dirigente nacional
La aún lideresa morenista deberá presentar su renuncia a la Presidencia Nacional del partido — que encabeza desde octubre de 2024— ante el Consejo Nacional, que encabeza Alfonso Durazo y que sesiona ordinariamente cada cuatro meses, aunque en situaciones como la actual podrán convocar a una sesión extraordinaria.
Tras esto, Durazo Montaño deberá emitir la convocatoria correspondiente para la realización de una sesión extraordinaria del Congreso Nacional, que normalmente sesiona cada tres años, tras los procesos electorales y en cuyas sesiones se renueva la dirigencia del partido, para que se delibere la sustituta o el sustituto de Alcalde.
En caso de que Luisa María Alcalde Luján asuma funciones en la Consejería antes de que se designe un relevo, la secretaria general, Carolina Rangel podría asumir interinamente el cargo.
De acuerdo con el estatuto de Morena, el Consejo Nacional tiene facultades para “aprobar la sustitución de integrantes del Comité Ejecutivo Nacional o de éste en su conjunto”.
A diferencia de cuando sesiona el Consejo Nacional, cuya composición es de 300 consejeras y consejeros, el Congreso Nacional cuenta con cientos de participantes de todo el país, incluyendo gobernadoras y gobernadores de la 4T.
En el artículo 8 del documento básico de Morena establece que las y los interesados en suceder a Alcalde deberán —en su caso— separarse de su cargo previamente ya que en los órganos de dirección ejecutiva “no deberán incluir autoridades, funcionarias o funcionarios o personas integrantes de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial de ningún nivel de gobierno”.
RM