Política

¿Cómo funciona la Corte Penal Internacional, órgano que gobierno de Trump pretende desmantelar?

Las relaciones entre ambos son hostiles y varios magistrados de la corte, entre ellos el fiscal general, ya son objeto de sanciones estadunidenses.

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Estados Unidos anunció hoy el lanzamiento de una amplia campaña contra la Corte Penal Internacional (CPI), a la que acusó de "librar una guerra" contra Washington y de representar "una amenaza intolerable" contra los estadunidenses, y advirtió de nuevas sanciones.

"La CPI y sus aliados están librando una guerra contra nuestro país, no con balas ni misiles, sino con estatutos, pactos y la fuerza de lo que llaman el derecho internacional", declaró el secretario de Estado estadunidense, Marco Rubio, en un mensaje de video en X.
"El peligro que representa este tribunal internacional no ha dejado de crecer. Hoy amenaza todos los aspectos de nuestro sistema político y jurídico", prosiguió.

Además, señalaron que la campaña "deshabilitará de manera sistemática la capacidad de la CPI para operar, apuntar contra militares o funcionarios estadunidenses o amenazar de cualquier otra forma la soberanía estadunidense".

En MILENIO te explicamos cómo funciona dicha instancia internacional y en qué casos se recurre a ella. 

​¿Qué es la CPI y cómo funciona?

Creada en 2002, la CPI procesa a individuos acusados de crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y genocidio. Funciona similar a otras cortes nacionales de países, además de estar vinculada con la Organización de las Naciones Unidas como un complemento.

Con su sede en La Haya, en Países Bajos, el estado anfitrión cuenta con una personalidad jurídica internacional que le permite ejercer funciones en el territorio de cualquier estado parte y en cualquier otro mediante un acuerdo especial.

Puede investigar, perseguir, acusar y condenar a personas por cuatro crímenes:

  1. Genocidio: implica la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso.
  2. Crímenes de lesa humanidad: como el asesinato, exterminio, desaparición forzada, apartheid (segregación racial), tortura, esclavitud.
  3. Crímenes de guerra: es decir, ataques a gran escala y en contra del Acuerdo de Ginebra en materia de guerra, como el asesinato intencional, tortura, destrucción o apropiación de bienes, toma de rehenes, atacar a unidades de paz, mutilaciones, experimentos médicos o científicos, emplear veneno, violación, etcétera.
  4. El crimen de agresión: incluye la invasión, la ocupación y otros ataques armados.

Para que un fiscal de la CPI inicie una investigación preliminar, un estado parte puede remitir una situación para que sea tomada en cuenta. Lo puede hacer también el Consejo de Seguridad de la ONU o iniciarse de oficio.

El fiscal tendrá a su disposición varias fuentes, gubernamentales y no gubernamentales, e incluso la propia ONU. Tras su pesquisa, debe presentar a la Sala de Cuestiones Preliminares una petición para abrir formalmente un caso. Esa sala determinará si ocurre o no, e incluso se puede ampliar su indagatoria.

Entre algunas medidas de la Corte (basadas en el Estatuto de Roma, que rige sus actividades), están que no se puede admitir una cosa ya juzgada, solo se juzgará a mayores de 18 años y que no hay prescripción de delitos.

Los acusados, como en otras cortes, tienen derechos, como el de la no inculpación, a no declarar en su contra, a no ser coaccionados y a ser interrogados en su idioma.

Para que una persona acusada sea presentada ante la corte, la Sala de Cuestiones Preliminares puede solicitar su comparecencia o su detención preliminar, para lo cual debe solicitar al estado miembro la solicitud de su detención y ese país determinará, a través de sus instancias judiciales, si la orden es aplicable y entrega a la persona.

Una vez presentada, la persona será imputada y también tendrá derecho a solicitar su libertad provisional para enfrentar un juicio posterior. Como ocurre en otras cortes, toda persona será inocente hasta que se demuestre lo contrario.

Para un caso en que haya una sentencia condenatoria, se puede solicitar la reparación del daño, y para los condenados las penas pueden ser desde prisión, hasta multas o decomisos de propiedades. Todos los estados miembros están obligados a cooperar. 

Estados Unidos no forma parte del Estatuto de Roma, el tratado internacional que instituyó la CPI. Tampoco adhirieron Israel ni Rusia.

-Con información de AFP. 


EHR / LJ

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Ángel Hernández
  • Ángel Hernández
  • Reportero en Milenio desde hace seis años. Cuento historias sobre crimen organizado, narcotráfico, lavado de dinero, trata de personas y lo que quepa entremedio. Cubrí el juicio a Genaro García Luna y el Menchito; los casos contra El Mayo Zambada, Los Zetas, Rafael Caro Quintero, Naasón Joaquín García, y lo que falta. Estudié periodismo en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM.
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