Política

Congreso del Edomex aprueba reformas al Poder Judicial y Código Civil

Buscan instrumento legal que permita llevar casos ante un juez en diversas regiones del país, más allá de lo técnico.

El pleno del Congreso del Estado de México aprobó por mayoría de votos reformas a la ley Orgánica del Poder Judicial para la integración de los tribunales de alzada, y al Código Civil de la entidad para regular la nulidad del juicio concluido y la población pueda impugnar causas juzgadas cuando haya mediado el fraude, la colusión y se hayan presentado pruebas falsas.

El presidente del Poder Judicial del Estado de México, Héctor Macedo García, indicó que con esto se podrá combatir los juicios que han causado estado, donde hubo fraude, colusión y pruebas falsas. 

Plantean crear mecanismo judicial para atender casos en todo el país


“Este será el instrumento para poder demandar una nulidad, porque actualmente cuando alguien se colude contra otra persona, esa persona no tiene forma de defenderse”.

Esto ocurre en Valle de Bravo, Valle de Chalco, en Aguascalientes y en muchas partes del país, por lo que es necesario un mecanismo más allá de la definición técnica, que se tenga un instrumento judicial para poder llegar al juez. 

“Es una reforma justa, no tiene que ver con protagonismo de un poder, es una necesidad de los mexiquenses”.

La figura se reconocerá en el Código Civil de la entidad y será de naturaleza excepcional; procederá en los asuntos en que se haya dictado sentencia o auto definitivo que haya causado ejecutoria.

La propuesta del presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, Héctor Macedo García, reconoce el derecho de las personas a impugnar resoluciones judiciales que hayan causado ejecutoria cuando se acredite que el juicio se siguió sin su conocimiento, existió falsa representación o se actualizaron maniobras fraudulentas que afectaron el debido proceso.

No procederá esta acción si han transcurrido cinco años desde que hubiere causado ejecutoria la resolución que en ese juicio se dictó, o si han transcurrido dos años desde que el recurrente hubiere conocido o debió conocer los motivos en que se fundare la misma.

Si la nulidad resulta improcedente, la parte actora será condenada al pago de los daños y perjuicios ocasionados con motivo de la suspensión, junto con el pago de gastos y costas, que se cuantificará en ejecución de sentencia, así como una multa equivalente a un año de valor de la Unidad de Medida y Actualización de 42 mil 794 pesos.

Tribunales de alzada

Por otro lado, el pleno del Congreso avaló la competencia de los tribunales de alzada integrados por una sola persona magistrada o hasta tres magistrados, para armonizar lo dispuesto en la Constitución local y en el Código Nacional de Procedimientos Penales

Actualmente la normatividad establece que los tribunales de alzada deben contar con tres magistrados o magistradas. La reforma busca dar legitimidad a los tribunales unitarios en Texcoco, Ecatepec, Tlalnepantla y Toluca, no tanto para crear nuevas plazas o designar a nuevas personas magistradas.

El magistrado Héctor Macedo explicó que los tribunales federales se están amparando porque dicen que en la legislación mexiquense no están establecidos los tribunales de alzada unipersonales, pero el Código Nacional si los establece, por lo cual se requiere hacer la homologación, porque de otra manera los juzgados de distritos no los reconocen y perjudica a los mexiquenses.

kr


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