Policía

Segob apuesta por uso de informantes para combatir desapariciones

La CNB dio a conocer la actualización del protocolo homologado de búsqueda que también privilegia el uso de tecnología e incluye los procedimientos para búsqueda en mar y cuerpos hídricos.

La Secretaría de Gobernación formalizó la “colaboración de informantes” para fortalecer la búsqueda de personas desaparecidas en el país.  

¿En qué consiste la nueva colaboración de informantes para buscar desaparecidos?

La actualización del Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, publicada en el Diario Oficial, avala la exploración de todas las vías legales posibles para “incentivar” la colaboración de detenidos, imputados o sentenciados para que brinden información sobre las personas cuyo paradero se desconoce.

“Las comisiones de búsqueda deben notificar a las fiscalías especializadas cuando por cualquier medio tenga conocimiento de cualquier indicio de que una persona sujeta a proceso o sentenciada pudiera tener información de relevancia para la localización de personas desaparecidas. En respuesta a estas notificaciones, las fiscalías especializadas, en conjunto con otras unidades ministeriales implicadas, buscarán en el ámbito de sus atribuciones y de conformidad con el protocolo correspondiente esquemas de colaboración eficaz para incentivar a la persona a brindar información”, dice el documento.

Los resultados obtenidos a través de informantes deben ser documentados en informes oficiales y remitidos a la Comisión Nacional de Búsqueda para fines de análisis.

Protocolo homologado extenderá a búsqueda en mar y cuerpos hídricos

Este protocolo, además de la búsqueda inmediata, por patrones, generalizada y de familia, que ya existía en la estrategia que se dio a conocer en 2020, ahora incluye la búsqueda en mar y cuerpos hídricos.

Esta se realizará con equipos especializados como vehículos marítimos para búsqueda subacuática, drones con cámaras térmicas para reconocimiento aéreo, así como buscadores expertos y certificados.

“Garantizar una intervención inmediata, segura y eficaz para localizar a la persona desaparecida, mediante acciones de búsqueda y rescate acuático, con la participación de instituciones civiles y, cuando corresponda, autoridades navales o cuerpos especializados en operaciones marítimas y subacuáticas, respetando el enfoque humanitario, de derechos humanos y de máxima protección”, señala.

CURP biométrica y Bitácora Única: Así se rastreará el uso de datos en tiempo real

El protocolo homologado establece las reglas para usar la Plataforma Única de Identidad, la cual es una herramienta de consulta y validación de la CURP biométrica que será consultada en tiempo real por las autoridades.

En ella se puede encontrar información de la Base Nacional de Carpetas de Investigación, el Banco Nacional de Datos Forenses y bases de datos de instituciones privadas como servicios financieros, de transporte, telecomunicaciones, salud y hasta de empleo.

De esta manera, se puede detectar el uso de la CURP en cualquier trámite que sirva como indicio para encontrar a un desaparecido.

Establece también el uso de la Alerta Nacional de Búsqueda, que debe activarse en todo el país ante cualquier noticia, reporte o denuncia por desaparición; y la Bitácora Única, que es un instrumento informático para que las autoridades, locales y federales registren cada paso que realizan en la búsqueda de una persona.

¿Cómo es el nuevo proceso de búsqueda? Paso a paso según Segob

La búsqueda de una persona bajo este nuevo protocolo marca que toda persona tiene derecho a ser buscada de forma inmediata y elimina cualquier plazo para iniciar las acciones.

De esta manera, al tener un reporte o noticia de una desaparición, las autoridades deben recabar la información e inscribirla en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas. 

Posteriormente, las autoridades ministeriales están obligadas a abrir una carpeta de investigación, eliminando la distinción administrativa de “persona no localizada” con el fin de que se investigue desde el primer momento.

A partir de este momento, se hace el alertamiento y comienza el despliegue de búsqueda en terreno como hospitales, albergues y centros de detención y en paralelo un rastreo remoto en bases de datos, cámaras de vigilancia, hospitales, albergues

Y si la persona no es localizada, se activan las diferentes modalidades de búsqueda para rastrearla. También se pueden implementar otras estrategias como la búsqueda por patrones, es decir, con casos que comparten el mismo modus operandi y la búsqueda forense, cuando hay indicios de que la persona ha fallecido.

Este protocolo, como el anterior, establece el derecho inalienable de las familias a participar en la búsqueda de las personas desaparecidas y pueden proponer diligencias, acompañar las búsquedas en campo, solicitar peritajes independientes y ser informadas de forma proactiva y digna sobre cualquier avance en las indagatorias.

PNMO

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Pedro Domínguez
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  • Reportero de MILENIO desde 2010. Viajo, leo y siempre quiero fumar menos. Hoy cubro Presidencia, mañana quién sabe.
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