La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó abajo una reforma impulsada por el municipio de Hermosillo, Sonora, la cual le permitía tomar posesión de predios e inmuebles abandonados para cederlos a favor de terceros, ya sea para servicios públicos o para vivienda temporal.
Por mayoría de votos, el pleno avaló la propuesta del ministro Giovanni Figueroa Mejía de invalidar la reforma por invadir facultades del Congreso del Estado.
Argumentos de Giovanni Figueroa Mejía
La discusión del asunto tuvo su origen en una controversia constitucional promovida por el congreso sonorense que demandó la invalidez de la reforma y adiciones al Reglamento para Sustanciar y Emitir Declaratorias de Abandono y Posesión de Edificaciones y Viviendas, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad el 29 de agosto de 2024.
El ministro ponente comentó que la reforma que entró en vigor permite al municipio tomar posesión de los inmuebles abandonados.
“No sólo son medidas de verificación, control y atención de inmuebles abandonados, sino que permiten al municipio asumir un rol de posesorio y disponer del uso o goce del inmueble a favor de terceros, ya sea para servicios públicos o para vivienda temporal, lo que limita atributos de la propiedad privada.
“Para ello, se concluye que esas disposiciones rebasan la potestad reglamentaria municipal y ocasionan una invasión a la competencia del congreso local, por lo que se propone su invalidez”, expresó.
El togado propuso únicamente dejar viva la facultad del municipio para llevar a cabo procedimientos de verificación, medidas de seguridad, limpieza de predios y mecanismos para la atención de riesgos urbanos.
Personas de escasos recursos, los más afectados
Al respecto, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, dijo que la reforma combatida afecta a las personas de escasos recursos, ya que muchas veces tienen que migrar por diferentes circunstancias.
“En nuestro país, en donde somos migrantes, a veces estamos en un lugar, hacemos algo de patrimonio y por razones de trabajo tenemos que cambiarnos de residencia, esta ley que permite la declaratoria de terreno o de casa o de habitación, de inmueble, baldío, el efecto mayor va a tener sobre las personas de escasos recursos.
“Quien tiene suficientes recursos puede mantener presencia en los inmuebles, pero quien no tiene suficientes recursos prácticamente va a sufrir una expropiación administrativa, sin indemnización a como está planteada la legislación, todo el reglamento.
“Pero sí llama la atención esta legislación, que en aras de la buena apariencia o la necesidad, pues se pueden ocupar bienes que estén ahí, pues durante cierto tiempo sin habitar, para uso público y dice incluso para cubrir necesidades de algunas otras personas”.
Es por esto que para Hugo Aguilar Ortiz, los más afectados serían los que viven en la periferia de la ciudad, los que no tienen la capacidad de mantenerse o que por necesidad tuvieron que irse a otro país, incluso a trabajar a otro lugar para continuar trabajando.
RM