La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró fundados dos recursos de reclamación interpuestos por la Consejería Jurídica de la Presidencia, la cual impugnó que se haya dado entrada a dos controversias constitucionales promovidas por dos municipios de Oaxaca contra la reforma judicial.
Con la decisión emitida por la Sala, suman 46 resoluciones en las que declara improcedentes las impugnaciones a la reforma judicial constitucional publicada el 15 de septiembre del 2024.

Municipios que señalaron las controversias
Las controversias fueron promovidas por los municipios de Miguel Amatitlán y San Pablo Villa de Mitla, donde impugnaban la reforma constitucional por la supuesta falta de consulta entre las comunidades y pueblos indígenas, así como por haber omitido su participación en el proceso legislativo que aprobó estos cambios.
Con base en estos argumentos presentaron, en octubre del 2024, las controversias constitucionales que fueron admitidas a trámite por el ministro Alberto Pérez Dayán.
Inconforme con esta admisión, la Consejería interpuso los recursos de reclamación denunciando que los municipios no tienen interés legítimo para impugnar reformas constitucionales en materia electoral, menos cuando no afectan su esfera competencial.
Sin violaciones directas: Corte
El miércoles 22 de enero, la Segunda Sala de la SCJN determinó que, efectivamente, los municipios actores no señalaron ninguna violación directa a la esfera jurídica que les otorga la Constitución, por lo que carecen de interés legítimo para impugnar la reforma judicial.
Además, se determinó que las vulneraciones que planteaban en su demanda se relacionan únicamente con aspectos intraprocesales del procedimiento legislativo en el estado de Oaxaca.
La decisión fue avalada con el voto de los ministros Javier Laynez Potisek, Lenia Batres Guadarrama y Yasmín Esquivel Mossa.
Últimas noticias sobre la reforma judicial
El 14 de enero, la Corte reconoció la actuación del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) al no paralizar la actuación de la justicia pese a la suspensión de actividades de jueces y magistrados federales que inició en agosto del 2024.
Esto, en protesta contra la reforma judicial, decisión que evitará que se finquen sanciones administrativas y penales a todos los involucrados.
Los ministros coincidieron que el órgano encargado de la vigilancia y disciplina de los juzgadores federales al emitir la circular 17/2024 actuó en el marco de sus atribuciones, luego de que la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed) anunció una suspensión de actividades que comenzó el 21 de agosto.
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo hizo la propuesta de reconocimiento, la cual fue apoyada por el bloque opositor, pero que votaron en contra las ministras Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahfl, afines al movimiento de la cuarta transformación.
“Se considera que el Consejo de la Judicatura Federal actuó en el marco de sus atribuciones como encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, así como en la protección de la autonomía de los órganos jurisdiccionales que lo integran".
“Asimismo, se estima que la determinación, sobre la suspensión de actividades y el dictado de medidas sobre la tramitación de asuntos con carácter urgente se dictó sin prejuzgar en la toma de decisiones que se suscitó entre los integrantes de la Jufed y particularmente atendió a preservar la continuación de las labores judiciales y a garantizar el ejercicio de impartición de justicia”, señaló.
RM