Policía

Corte determina que opiniones de organismos internaciones deben ser atendidas por México

Los ministros contemplaron la decisión a pesar de que los organismos no sean vinculantes.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las opiniones del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) deben ser atendidas, pese a que no son vinculantes para el Estado mexicano.

Con seis votos a favor y tres en contra, el pleno avaló un proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía, quien dejó claro que las opiniones de organismos internacionales no pueden dejarse de atender, máxime cuando se trate de casos de violaciones de derechos humanos.

Puntualizó que las únicas resoluciones que son vinculantes para México son las que dictan cortes internacionales, ya que el país firmó tratados, pero no por ello se deben desestimar los pronunciamientos de los organismos.

​¿De dónde surge la discusión?

La discusión derivó de un amparo que promovió Gerardo Pérez Camacho, de origen indígena, quien presuntamente fue detenido de manera violenta en Oaxaca por el supuesto delito de posesión de mariguana. El hombre aseguró que fue torturado con el fin de forzarlo a autoincriminarse en un delito de tentativa de homicidio contra un líder de la comunidad triqui.

Después se ejecutó una orden de aprehensión en su contra por el homicidio de otro líder político, por lo que el hombre permanece en prisión preventiva.

La supuesta víctima presentó una denuncia individual ante el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU, en la cual expuso que su detención había sido arbitraria, lo que constituía una violación a sus derechos.

Por ello, el Grupo de Trabajo emitió una opinión el 21 de noviembre de 2018, en la que concluyó que el Estado mexicano había actuado de manera arbitraria, ordenando su liberación y la correspondiente reparación.

Ante la falta de cumplimiento de esta opinión se amparó, pero un juez sobreseyó el juicio.

Ante esta situación, Pérez Camacho impugnó, y la Suprema Corte resolvió que el juicio sí procedía y le concedió el amparo, por lo que el Poder Judicial del Estado de Oaxaca debe volver a analizar el caso.

“Se destaca que las autoridades señaladas como responsables no acreditaron la realización de actos tendientes a cumplir con el estándar establecido en la opinión internacional, pese a su deber constitucional de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos”, expresó el ministro ponente.
Por ello, en la consulta propuso considerar “que la ausencia de fuerza vinculante no autoriza a las autoridades nacionales a desestimar de manera automática, tales pronunciamientos conforme al principio pro persona y para garantizar una justicia eficaz, por el contrario, están obligadas a considerar estas opiniones como criterios interpretativos relevantes”.

Posturas de los ministros de la Corte

La ministra Loretta Ortiz Ahfl coincidió en que las opiniones emitidas por dicho Grupo de Trabajo no poseen fuerza vinculante, pero sí gozan de relevancia jurídica para las autoridades mexicanas en atención a los compromisos nacionales e internacionales que el Estado ha adquirido en materia de derechos humanos.

Por su parte, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, destacó que este asunto era de gran relevancia para el país.

“El informe del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria van a ver que es un informe que mira la integridad de la problemática. Estamos frente a acusaciones de homicidio, de tentativa de homicidio que ocurre en el fuero común, estamos frente a acusaciones de posesión de marihuana que está en el ámbito federal y están los alegatos, las acusaciones que formula la persona, en este caso el quejoso de haber sido torturado.
“El fuero común entonces tiene una parte de la película, el fuero federal tiene otra parte y él (Pérez Camacho) tiene la propia que él ha advertido. Y el informe tiene la visión integral de la lectura. Del informe del Grupo de Trabajo uno puede ver como la autoridad investigadora tenía ya en mente el tema del homicidio y la tentativa de homicidio, pero no tenía completa la investigación. Entonces se denuncia ahí que le plantan el enervante, incluso se da cuenta cómo se libera de este delito y de inmediato es aprehendido por el delito de homicidio y tentativa de homicidio”, comentó.

Las ministras Yasmín Esquivel Mossa, María Estela Ríos González y Sara Irene Herrerías Guerra votaron en contra del proyecto porque consideraron que las investigaciones del Grupo de Trabajo no pueden estar por encima de las indagatorias que realiza el Estado mexicano.

RM

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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