Policía

Corte cierra posibilidad de comprar sin receta medicamentos controlados

Un ciudadano basó su demanda en argumentos que usaron las personas que promovieron ampararos contra el uso lúdico de la mariguana.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cerró la posibilidad de que los ciudadanos puedan adquirir medicamentos controlados, como psicotrópicos, sin contar con receta médica, luego de que una persona alegó el derecho al “libre desarrollo de la personalidad”.

El quejoso basó su demanda en argumentos que usaron las personas que promovieron ampararos contra el uso lúdico de la mariguana.

Por unanimidad, los ministros de la Segunda Sala de la Corte avalaron el proyecto de sentencia del ministro Luis María Aguilar Morales, quien propuso negar el amparo al quejoso, convirtiéndose en el primer caso donde un ciudadano se ampara para poder consumir medicamentos controlados sin autorización médica.

El quejoso reclamó la obligación de contar con prescripción médica para lograr el consumo de Alprazolam (que se usa para el tratamiento de los estados de ansiedad, especialmente en las crisis de angustia, agorafobia, ataques de pánico y estrés intenso) y, Clonazepam y/o Zolpidem (se usa en el tratamiento de ciertos trastornos en los adultos y los niños).

Aseguró que los artículos 222, 226, 252, 257, fracción IX, de la Ley General de Salud y 116 del Reglamento de Insumos para la Salud, le generan una posible lesión a su derecho al libre desarrollo de la personalidad.

La Sala no entró al fondo del caso, es decir, no determinó si dichos artículos son o no constitucionales, pero dejó claro que no existe una política de prohibición absoluta en la adquisición de benzodiacepinas, ya que se pueden adquirir legalmente con receta médica, además que este asunto no es similar con la jurisprudencia sobre mariguana.

“De la lectura integral de su escrito inicial, se advierte que la molestia del quejoso versa sobre el requisito de contar con prescripción médica para adquirir benzodiacepinas; y esa aproximación –no puede haber otra– revela que ningún agravio le causa el sistema de disposiciones general que regula el acceso a medicamentos en nuestro país”, detalla el proyecto.

Lo ministros coincidieron que emitir un pronunciamiento de fondo –en sentido negativo– como se hizo en la resolución impugnada, presupone que se reconoce la constitucionalidad de las normas en alguno o algunos de sus alcances o entendimientos, lo que en el caso no puede acontecer considerando que el propio quejoso no les atribuye a éstas algún vicio propio o que su aplicación le genere directamente algún agravio o afectación a su esfera jurídica.

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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