La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió finalmente su opinión consultiva en la que establece deberes para los estados que fabrican, comercian, exportan o importan armas de fuego, con la finalidad de evitar su trasiego ilegal.
El texto es resultado de la petición presentada por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) el 11 de noviembre de 2022, en el marco de la demanda que interpuso contra armerías estadunidenses en agosto de 2021, y la subsecuente demanda contra distribuidores de armas en el mismo país, en octubre de 2022.
Así, una vez que la CIDH, que forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), después de establecer que es competente para emitir la opinión, determinó primero que los países tienen una obligación en el combate al tráfico de armas.
“Frente al impacto en el goce de los derechos humanos del tráfico ilícito de armas, los Estados deben ejercer debida diligencia en la regulación, supervisión y fiscalización de la comercialización de las armas de fuego, de la gestión de sus arsenales y de las armas decomisadas, para evitar su desviación al tráfico ilícito”, determinó la corte.
CIDH pide garantizar normas internas para prevenir tráfico de armas
El documento de la opinión se dividió en cuatro rubros. El primero, que establece el deber de garantizar normas internas para prevenir el tráfico de armas y violaciones a derechos humanos con ellas.
Por ejemplo, la obligación de fabricantes para que las armas tengan marcas únicas que permitan su rastreo, y que los estados mantengan registros de seguimiento, compras y transferencias de las armas.
También resaltó la necesidad de establecer sistemas nacionales para emitir licencias y autorizaciones de exportación de armas que, amparados en convenios sobre comercio de armas, busquen evitar su uso en violaciones a derechos humanos como genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.
Asimismo, los estados deben evaluar si las exportaciones o importaciones de las armas podrían, finalmente, facilitar violaciones de derechos humanos.
La recomendación también incluye la necesidad de implementar medidas para evitar desvíos de armas exportadas, importadas, adquiridas o aseguradas por los estados.
Países deben supervisar a fabricantes de armas
El segundo punto es que los estados deben garantizar una correcta supervisión sobre los fabricantes de armas para que cumplan con las normas locales e internacionales contra el tráfico de armas.
La opinión de la corte establece que se debe “evitar que las armas que comercialicen se desvíen al mercado ilegal, de forma tal que puedan ser utilizadas para cometer violaciones de derechos humanos”.
“Para garantizar esta debida diligencia empresarial, los Estados deben encomendar a una autoridad el seguimiento de los planes de debida diligencia, prevención, mitigación y reparación que adopten las empresas con el fin de evitar que sus actividades afecten los derechos humanos”.
Garantizar acceso a justicia en casos de afectaciones locales o extranjeras
El tercer punto, y relevante en el contexto de la demanda que México presentó contra armerías y después contra distribuidores de armas, busca que se garantice el acceso a la justicia en casos de afectaciones locales o a extranjeras.
“Garantizar recursos judiciales efectivos, por afectaciones a los derechos humanos generadas tanto a nivel nacional como trasnacional, ya sean éstas cometidas por el propio Estado o por terceros, cuando se demuestre un incumplimiento de sus obligaciones de debida diligencia en materia de prevención y castigo por el tráfico de armas de fuego: el que haya garantías judiciales que den seguimiento a afectaciones a nivel nacional e internacional, con base en normas domésticas e internacionales”, detalla la opinión.
CIDH recomienda cooperación entre países
Finalmente, la CIDH estableció la necesidad de la cooperación contra el tráfico de armas y en estrategias para combatir el fenómeno, una recomendación posible de enmarcar en los esfuerzos entre México y Estados Unidos que, además de buscar frenar el tráfico de armas de norte a sur, también busca frenar la producción y trasiego de drogas en sentido inverso.
“Esta cooperación debe incluir el intercambio de información relevante para combatir el tráfico ilícito de armas, la cooperación técnica con carácter voluntario y en condiciones convenidas mutuamente, la cooperación para la investigación de los delitos ligados a estas actividades y la elaboración de políticas conjuntas a nivel internacional y regional, para combatir el tráfico ilícito de armas, tomando en cuenta su dimensión transnacional”, concluyó la CIDH.
ROA