Dos hombres y una mujer caracterizados como punks terminaron detenidos tras presuntamente agredir físicamente a unos policías que laboraban en el Metro de la Ciudad de México. Los hechos ocurrieron en la estación Buenavista de la Línea B, ubicada en la alcaldía Cuauhtémoc.
De acuerdo a lo reportado por el periodista de nota roja y conductor del programa C4 en Alerta, Carlos Jiménez, dos de los detenidos fueron identificados como Sergio 'N' y Alejandro 'N'. Sin embargo, la tercera, una mujer joven, no reveló su identidad.
¿Cómo fue su detención?
Los agentes de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), tras percatarse de que el grupo intentaba burlar el acceso, intentaron impedir su paso y les señalaron que cometieron una falta administrativa.
Frente a esta situación, los hombres y la mujer habrían respondido con golpes, desatando una riña, razón por la que fueron detenidos.
Por su parte, el Servicio de Transporte Colectivo Metro fijó su posicionamiento sobre los hechos a través de X (antes Twitter). En el mensaje respaldó la versión proporcionada por el reportero. Mencionó que los involucrados "mostraron una actitud renuente", por lo cual los trasladaron con un juez cívico.
Asimismo, dio a conocer que reforzarán la vigilancia en la zona para evitar el uso indebido de las instalaciones.
¿Es delito saltarse el torniquete del Metro?
Cabe aclarar que saltarse los torniquetes o ingresar al Metro de la capital sin pagar no se castiga como un delito, es decir, no vas a la cárcel directamente. A esta acción se le considera una infracción administrativa, como lo señalaron los oficiales en este caso.
Sin embargo, en este caso, lo que llevó a la detención fue la agresión a los policías, que es un asunto distinto.
De acuerdo con la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, las personas que cometan alguna falta con respecto a ella podrán ser acreedoras a alguna de las sanciones mencionadas en el capítulo III, artículo 30, las cuales son:
- Amonestación
- Multa
- Arresto
- Trabajo en favor de la comunidad
Cabe mencionar que, según lo menciona el mismo artículo, la persona infractora no podrá ser multada por una cantidad superior al importe de su jornal o salario de un día.
AH