Un Tribunal Federal ordenó dejar sin efecto la primera sentencia que fue dictada contra el exdiputado federal de Morena, Benjamín Saúl Huerta Corona, quien fue condenado a tres años y cuatro meses de prisión por el delito de abuso sexual agravado.
Por unanimidad, el Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México ordenó reponer el procedimiento del juicio oral e instó a las autoridades a brindar medidas de protección a la víctima para que comparezca en el juicio.
¿De qué iba el amparo del exdiputado?
En sesión, el magistrado Alberto Torres Villanueva presentó un proyecto relacionado con un amparo directo promovido por el exdiputado, quien alegó que se vulneró su derecho de defensa, dentro de la secuela del juicio, en la que la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la Ciudad de México ofreció el testimonio de la víctima directa.
Sin embargo, en dos sesiones distintas, la víctima no se presentó, debido a que tenía miedo y había sido amenazada, por lo que solo se incorporó para lectura el testimonio que brindó en su momento ante el agente del Ministerio Público.
Consideran vulnerado el derecho de defensa del acusado
El magistrado ponente explicó que el artículo 368 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) prevé una excepción para la comparecencia, pero ésta no estuvo bien justificada por lo que se vulneró el derecho de defensa del exdiputado, por lo cual propuso reponer el procedimiento.
“Por ello, lo que se propone es que se reponga el procedimiento de juicio oral para que se lleve a cabo nuevamente ante un Tribunal de Enjuiciamiento distinto, para evitar la contaminación que ya tiene esta Sala, emitió la del Tribunal de Enjuiciamiento correspondiente, que se reponga este procedimiento (sic)”, expresó.
Como se alegaron cuestiones relativas a la víctima, a la existencia de amenazas, dijo, el propio Código Nacional de Procedimientos Penales prevé aplicar protocolos para otorgar medidas de protección.
Por su parte, la magistrada Nelly Montealegre Díaz indicó que se debe dar protección a la víctima para poder ser escuchada y con ello cumplir con los principios del sistema adversarial acusatorio.
A su vez, el magistrado Jorge Vázquez Aguilera mencionó que dada las circunstancias del caso, el que se haya incorporado el testimonio de la víctima para lectura, no se cumple con los principios de contradicción de los juicios orales, ya que el sentenciado tiene derecho de interrogar a quien lo está acusando.
Asimismo, señaló, hay protocolos de actuación para salvaguardar a la víctima.
Cabe señalar que la sentencia contra Benjamín Saúl Huerta fue emitida por la Séptima Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, el 30 de octubre de 2023. Además de esta condena, ha recibido otras sentencias.
RM