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Amparan a padres de scout muerto en gotcha de Edomex

La empresa que administra el parque es responsable de daño moral, debido a la negligencia en que incurrió por no poder otorgar un auxilio adecuado al niño.


Luego de cinco años de litigio, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a los padres de un menor que perdió la vida en el negocio denominado Diversión Gotcha, en el municipio de Naucalpan, Estado de México.

La Sala resolvió que la empresa que administra el mencionado parque es responsable de daño moral, debido a la negligencia en que incurrió por no poder otorgar un auxilio adecuado al niño.

de 11 años que cayó en un barranco.

Asimismo, los ministros devolvieron el caso a un tribunal civil a quien le corresponderá resolver la culpabilidad del municipio de Naucalpan y de la Asociación de Scouts de México, ésta última que tenía bajo su cuidado al menor de edad.

Los padres demandan también la figura de lucro cesante, que se refiere a los ingresos que habría obtenido su hijo de no haber fallecido.

Guillermo López, padre de la víctima declaró que buscan evitar que más niños pierdan la vida por la imprudencia de los dueños del negocio, las autoridades de Naucalpan y la propia Asociación de Scouts de México.

En 2015, la Sala atrajo el caso. El establecimiento de gotcha no contaba con sistemas de seguridad mínimos, incluso de permisos municipales de funcionamiento y vigilancia.

Los padres del menor rechazaron la indemnización, en un principio, de seis millones de pesos que impuso un tribunal del Estado de México; monto que después ascendió a 11 millones.


ERM

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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