Negocios

TV Azteca completa trámites para deslistarse de la BMV

La televisora informó que se sacará del mercado de valores la totalidad de las acciones representativas del capital social de la emisora, para lo cual creó un fideicomiso.

La compañía televisora TV Azteca anunció que como parte de la reorganización informada ha concluido con los requerimientos legales para la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Valores (RNV).

En un anuncio enviado a la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), la televisora informó que se sacará del mercado de valores la totalidad de las acciones representativas del capital social de la emisora y de los certificados de participación ordinarios con clave de cotización “AZTECA”.

TV Azteca añadió que para efectos de adquirir la totalidad de las acciones ha constituido un fideicomiso y transmitido los recursos necesarios para adquirir la totalidad de los valores que se encuentran entre el público inversionista.

“Las características de dicho fideicomiso y las condiciones de la adquisición serán dadas a conocer directamente por el licenciado José Manuel Meillón del Pando o por la licenciada Norma E. Urzúa Villaseñor”, informó la compañía.

Concurso mercantil

El pasado 26 de febrero TV Azteca decidió acogerse voluntariamente a un concurso mercantil como parte de una reorganización corporativa, operativa y financiera aprobada por sus accionistas.

En este proceso la empresa pidió la protección de la ley para reordenar sus deudas y negociar con sus acreedores sin que estos puedan ejecutar embargos inmediatos.

La televisora explicó que enfrenta un entorno complicado: la industria cambió por el crecimiento de plataformas digitales y la transformación del mercado publicitario, lo que redujo ingresos tradicionales.

Desde 2021 la empresa ya buscaba renegociar su deuda, incluso en moneda extranjera. Con el concurso mercantil busca ganar tiempo, reestructurar compromisos y mantener la operación mientras alcanza acuerdos viables con sus acreedores.

¿Qué es un concurso mercantil?

Es un procedimiento judicial al que puede acogerse una persona física o moral con actividad empresarial, denominada “comerciante” por la ley, cuando incurre en un incumplimiento generalizado de sus obligaciones de pago.

De acuerdo con la Ley de Concursos Mercantiles, se establece que existe incumplimiento generalizado cuando el comerciante deja de pagar a dos o más acreedores distintos y se cumplen ciertas condiciones financieras.

Como que al menos 35 por ciento de sus obligaciones estén vencidas por más de 30 días, o que no tenga activos suficientes para cubrir al menos 80 por ciento de sus deudas vencidas.

MRA

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