La Secretaría de Economía (SE) inició una investigación antidumping sobre las importaciones de ácido esteárico de sebo de res originarias de Argentina, debido a los indicios de que ingresó este producto al país a precios inferiores a su valor normal.
La dependencia federal informó, en una resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), que esta investigación fue promovida por la empresa Comercialización Pakdu, la cual denunció un incremento de las importaciones del producto argentino en condiciones de discriminación de precios.
“Se ha registrado un incremento significativo de las importaciones de ácido esteárico originarias de Argentina (…) con márgenes de subvaloración que causan daño a la rama de producción nacional del producto similar”, se lee en el documento.
Ante este escenario, la Secretaría de Economía detalló que analizará las importaciones realizadas del 1 de noviembre de 2024 al 31 de octubre de 2025, mientras que el periodo para evaluar el posible daño a la industria mexicana abarcará del 1 de noviembre de 2022 al 31 de octubre de 2025.
En ese sentido, la dependencia precisó que fijó como periodo investigado el comprendido del 1 de noviembre de 2024 al 31 de octubre de 2025 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de noviembre de 2022 al 31 de octubre de 2025.
¿Qué es el ácido esteárico?
El ácido esteárico de sebo de res es un ácido graso de origen animal que se obtiene del sebo bovino y funciona como materia prima para distintos procesos industriales.
De acuerdo con lo publicado en el DOF, este insumo es empleado en la fabricación de jabones, detergentes, cosméticos, productos farmacéuticos, veladoras, suavizantes de telas, productos de caucho, crayones, lápices y aditivos para asfalto y concreto.
Además, este producto actúa como emulsificante, lubricante y agente antiestático en diversos procesos industriales.
Las importaciones investigadas ingresan por la fracción arancelaria 3823.11.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), la cual actualmente se encuentra exenta del pago de arancel.
¿Qué sigue en la investigación?
De acuerdo con la dependencia federal, la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI), de la Secretaría de Economía, será la encargada de conducir el procedimiento.
Por lo tanto, los productores nacionales, importadores, exportadores, así como el gobierno de Argentina y cualquier persona con interés jurídico contarán con 23 días hábiles para presentar argumentos y pruebas
En caso de comprobarse la existencia de dumping y el daño a la industria mexicana, la autoridad podrá imponer cuotas compensatorias.
“La secretaría podrá aplicar las cuotas compensatorias definitivas que, en su caso, se impongan sobre los productos que se hayan declarado a consumo hasta 90 días antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales”, se indica en la resolución.
En tanto, la Secretaría de Economía deberá notificar el inicio de la investigación a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para los efectos legales correspondientes, ya que esta Resolución entrará en vigor el 25 de julio.
MRA