Negocios

IFT abre investigación por posible poder sustancial en telecomunicaciones

El IFT informó que el proceso incluye a los operadores que brinden servicios de voz, datos o video, por lo que la publicación en el DOF permitirá que cualquier persona pueda aportar elementos.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) informó que la autoridad investigadora inició un proceso para determinar la probable existencia de agentes económicos con poder sustancial en el mercado de telecomunicaciones que presten servicios de voz, datos o video, a nivel nacional, estatal, regional y/o local, lo que consta en el expediente AI/DC-001-2023.

De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el IFT investigará las concentraciones previstas en un plazo no mayor a 90 días naturales, lo cual implica que la autoridad correspondiente que depende del mismo instituto debe agotar todos los recursos para concluir el proceso dentro de dicho periodo.

Las investigaciones a cargo de la autoridad deben considerarse de interés social y de orden público, en virtud de que la finalidad que persiguen es proteger el interés general y el proceso de competencia y libre concurrencia en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.

El IFT aseguró que la medida es "necesaria, idónea y proporcional para determinar la existencia de poder sustancial en el mercado de redes de telecomunicaciones que presten servicios de voz, datos o video o en el de radio y televisión según el sector que corresponda". 

Entre los operadores que ofrecen este tipo de servicios, se encuentran América Móvil, Totalplay, Megacable, AT&T, entre otros, pues la investigación también incluye empresas que dan dichos servicios en estados y municipios.

El IFT aclaró que la habilitación de días inhábiles para realizar las actuaciones y diligencias que esta autoridad investigadora estime pertinentes, no se limitará a los actos de dicha autoridad, sino a cualquiera que deba realizarse dentro del procedimiento de investigación.

Esto es, ya sean actuaciones y diligencias por parte de la propia Autoridad Investigadora, como la emisión de requerimientos de información, recepción de promociones, diligencias de notificación, acuerdos de desahogo, reiteración, clasificación e integración de información diversa, imposición de medidas de apremio, así como el análisis de la evidencia que se recabe, entre otros; o bien, por parte de las empresas del sector, como la presentación de promociones.


GSMM

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