El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) informó que decidió no interponer una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del Congreso de la Unión por el tema del derecho de las audiencias, debido a que consideró que no hay los elementos que les permitan interponer dicha demanda.
El pasado 31 de octubre el Congreso publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, entre lo que estableció que las empresas de radio y televisión podrán autorregularse y eliminaron la posibilidad de que el regulador (Ifetel) suspenda aquellas transmisiones que violen los derechos de las audiencias.
Esto generó una serie de debates que se hicieron públicos en redes sociales, principalmente de organizaciones de la sociedad civil, especialistas y académicos que instaban al Ifetel a interponer la demanda ante la SCJN.
A pesar de lo anterior el Ifetel aseguró que al analizar el problema en sesión del pleno, se consideró que no existen elementos para dicha demanda, toda vez que la controversia constitucional es un medio de defensa para proteger la competencia constitucional de los órganos del Estado.
Explicó que la Constitución dispone que la definición de los derechos de los usuarios y de las audiencias son competencia del Congreso, por lo que no habría afectación a la competencia constitucional del Instituto.
De acuerdo con el Artículo VI, Apartado B, Fracción 6, de la Constitución, “la ley establecerá los derechos de los usuarios de telecomunicaciones, de las audiencias, así como los mecanismos para su protección”.
CPR