Negocios

Caintra considera necesaria prórroga que otorga el SAT a la Carta Porte

La Caintra dio visto bueno al periodo de transición para la obligatoriedad de emitir el complemento, ya que lo necesitaban las Pymes transportistas.

La Cámara de la Industria de Transformación de Nuevo León celebró que la autoridad fiscal haya escuchado las preocupaciones del sector privado sobre el periodo de transición para emitir sin sanciones el complemento de la Carta Porte.

Mediante un comunicado, la agrupación empresarial expresó “ante la extensión del periodo de transición para emitir sin sanciones el complemento Carta Porte al 30 de septiembre de 2022, reconocemos la escucha y apoyo del SAT para atender las preocupaciones de la industria”.

Consideró que este nuevo periodo sin sanciones era muy necesario para miles de Pymes transportistas e industriales que siguen evaluando los impactos y modificaciones necesarias en sus procesos operativos diarios para cumplir cabalmente con la normativa.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que extiende medio año el periodo para que los transportistas, propietarios de mercancías e intermediarios, puedan expedir de manera obligatoria el complemento de las facturas.

Dicho periodo lo pospuso hasta el 30 de septiembre como fecha límite para la emisión obligatoria a la factura electrónica con Complemento de Carta Porte (CCP).

Caintra señaló que como cámara empresarial han detonado más de 15 eventos de capacitación para las Pymes, con una participación de mil 800 ejecutivos y empresarios. El objetivo ha sido brindar acompañamiento y asesoría en la implementación del CFDI-Carta Porte.

“Seguiremos buscando que el sector de transporte cumpla con este requisito, estaremos atentos para resolver o canalizar sus dudas en este proceso; agradecemos a la autoridad la comprensión y escucha que han tenido para alcanzar dicho objetivo”, subrayó.
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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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