Internacional

Restaurante tendrá que pagar más de 186 MIL pesos por impedir la entrada a un niño con Asperger y a su perro guía

La Cámara de Argentina ratificó condena a restaurante por impedir el acceso de un menor con Asperger y a su perro guía.

Milenio M logo
Únete al canal de Milenio  

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mercedes de Argentina comunicó que un restaurante fue condenado a pagar una cuantiosa indemnización después de que impidió el ingreso de un niño con síndrome de Asperger y trastorno del espectro autista (TEA), quien estaba acompañado por su perro guía. 

De acuerdo con medios argentinos como TN, la autoridad impuso que la empresa debe de indemnizar a la familia con 16 millones de pesos argentino más intereses, es decir más de 186 mil pesos mexicanos de acuerdo con el tipo de cambio de este 30 de julio.

Además, al restaurante se le condenó al pago de un daño punitivo por considerar que existió un acto discriminatorio

¿Cómo sucedieron los hechos?


TN informó que el caso se originó en un restaurante de Mar del Plata, Argentina, luego de que una familia intentó ingresar al establecimiento junto al menor y a un perrito de asistencia. 

De acuerdo con el expediente judicial, el personal del establecimiento rechazó el acceso pese a que los padres presentaron la documentación que acreditaba la función del perro guía y explicaron que el menor de edad padece de Asperger. 

Autoridades argentinas confirman indemnización por impedir el ingreso de un niño con Asperger

Tras lo sucedido, la familia afectada realizó una demanda para reclamar una reparación económica por los daños sufridos que fue respaldada por las autoridades del país extranjero. 

La Justicia concluyó que el restaurante cometió un acto discriminatorio y ordenó el pago de una indemnización por daño moral, además le impuso una multa civil en concepto de daño punitivo.

Respecto a cuáles fueron los delitos cometidos por el restaurante, la sentencia sostuvo que la conducta del establecimiento vulneró derechos protegidos por la Ley 23.592 contra actos discriminatorios, la Ley de Defensa del Consumidor, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.

El fallo también se consideró que la limitación al lugar afectó derechos como la dignidad, la igualdad, la inclusión y la integración social del menor y de su familia, más allá del perjuicio económico derivado del episodio.

Empresa asevera que el pago es excesivo 

El restaurante apeló la resolución al sostener que los montos fijados por daño moral eran excesivos, que no se habían individualizado los padecimientos de cada integrante de la familia, que no existían secuelas permanentes y que el episodio había sido un hecho aislado. 

Además, solicitó dejar sin efecto el daño punitivo al considerar que no existió una conducta dolosa ni de gravedad suficiente para justificar esa sanción.

No obstante, los jueces concluyeron que el episodio excedió una simple incomodidad y configuró un trato indigno y discriminatorio, por lo que consideraron razonables los montos fijados en primera instancia y confirmaron la condena. 

APC 

Google news logo
Síguenos en
Adriana Paez
  • Adriana Paez
  • Periodista de la Unidad de Tráfico en Milenio, donde cubre temas de Soft y Hard con enfoque en información viral, social y cultural. Antes colaboró en Telediario, en la sección Ciudad de México. Egresada de la Universidad Autónoma Metropolitana.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.