Una jueza federal de Estados Unidos ordenó que la demanda que el gobierno mexicano presentó contra varias distribuidoras de armas en ese país continúe su proceso al negar que sea desestimada por completo, como lo solicitaron las firmas distribuidoras, y mantuviera vigentes 6 cargos.
“Se ordena que la moción para desestimar de los acusados sea garantizada en parte y negada en parte. La moción es garantizada para los acusados por los argumentos sobre los temas CFA, RICO y de alteración del orden público. La moción de otra forma es negada. Los señalamientos que se mantienen en esta acción son los cargos uno, tres, cuatro, cinco, seis y ocho de la demanda”, se lee en la decisión de la juez Rosemary Márquez, de la Corte de Distrito de Arizona, donde se presentó el caso.
Así, la jueza determinó que sí sean desestimados los señalamientos de México sobre que las 5 distribuidoras de armas violaron la Ley de Fraude al Consumidor (CFA), la Ley de Organizaciones Criminales y Corruptas (RICO) y por alteración del orden público, pero se mantienen los demás señalamientos, que tienen que ver con negligencia y enriquecimiento ilícito.
El gobierno mexicano asegura que las distribuidoras “participaron sistemáticamente en el tráfico de armas tipo militar y municiones a cárteles de la droga en México” al participar o permitir ventas a través de intermediarios, ventas al por mayor y ventas repetidas a personas.
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— Diamondback Firearms (@DBFirearms) March 23, 2024
Las firmas distribuidoras, Diamondback, SnG Tactical, The Hub, Ammo A-Z y Sprague’s Sports, intentaron (como lo hicieron las empresas fabricantes de armas en el caso similar que presentó México en Boston, Massachusetts) argumentar que sus ventas están protegidas por la Ley de Protección del Comercio Legal de Armas (PLCAA).
Sin embargo, esto fue rechazado, además de haber un precedente en la materia, luego de que una corte de apelaciones de Estados Unidos restableciera el procedimiento que México inició contra las armerías en Boston porque el juez del caso desestimó la demanda bajo la ley PLCAA.
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Así, será determinación del juez establecer el calendario para seguir con los procedimientos, y que al mismo tiempo los acusados puedan elevar su reclamación para que se desestime el caso a una corte de apelaciones.
SNGZ