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¿Qué significa que Oaxaca busque la disolución del Ayuntamiento de Juchitán?

Te contamos que implica está decisión impulsada por el gobernador de la entidad, Salomón Jara, y qué sigue para el municipio en cuanto a gobernabilidad.

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Este viernes, el Congreso de Oaxaca aprobó la desaparición de poderes en el ayuntamiento de Juchitán, luego de la detención de su exalcalde, Miguel Sánchez Altamirano, por extorsión y vínculos con el crimen organizado.

En MILENIO, te contamos que implica está decisión y qué sigue para el municipio en cuanto a su gobernabilidad.


¿Por qué Oaxaca busca la disolución?

El exalcalde Miguel Sánchez Altamirano y el excomisionado Jhon Kenny 'N' de la Policía Municipal de Juchitán de Zaragoza, en Oaxaca, fueron detenidos por sus presuntos vínculos con la célula criminal de Los Cromos, considerada como un brazo operativo del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) en el Istmo de Tehuantepec.

Tras el suceso, el gobernador de Oaxaca, Salomón Jara Cruz, giró instrucciones para solicitar al Congreso estatal la desaparición del Ayuntamiento.

Así, este viernes, en sesión extraordinaria, el Congreso de Oaxaca aprobó la desaparición de poderes en Juchitán.

Horas más tarde, se dio a conocer que el periodista y conductor del noticiero más longevo de Oaxaca, Francisco Vásquez Jiménez, sería nombrado administrador del municipio.

¿Qué implica la desaparición de poderes y en qué casos se da?

La desaparición de poderes en un ayuntamiento es la pérdida de la posibilidad de continuar ejerciendo el poder político por parte de algún alcalde o presidente municipal.

La Constitución, en su Artículo 15, otorga a los Congresos de los estados de la República la facultad para determinar la desaparición de los poderes (presidente municipal, síndicos, regidores) de un municipio, a fin de hacer la declaratoria de que debe nombrarse a una autoridad provisional para garantizar los servicios públicos básicos.

Este situación puede darse en los siguientes casos:

  • Cuando los alcaldes o presidentes municipales quebrantan los principios del régimen federal.
  • Abandonan el ejercicio de sus funciones, a no ser que haya una causa de fuerza mayor. 
  • Están imposibilitados físicamente para el ejercicio de sus funciones.
  • Prorrogan su permanencia en sus cargos después de cumplido el periodo para el que fueron electos.
  • Adopten o promueven formas de gobierno o de organización política diferentes a las fijadas en la Constitución.

Cabe señalar que la medida no es eliminar las instituciones de determinado ayuntamiento, sino intervenir legalmente para reconstruir el orden constitucional y la gobernabilidad.

La persona designada como encargada de la administración pública de manera temporal puede encontrarse en el cargo hasta que termine el periodo constitucional o hasta que considere conveniente convocar elecciones para elegir a un nuevo presidente municipal.

Con información de Álvaro Morales y Baruc Mayen

IYC


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Yamil Cortés
  • Yamil Cortés
  • Editor en la sección de Política de Milenio. Licenciado en Lengua y Literaturas Hispánicas por la UNAM. Apasionado de los libros, la teoría política y el cine.
Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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