El secretario del gobierno municipal, Yankel Benítez Silva, informó que el concierto que el cantante de narcocorridos Natanael Cano tiene previsto realizar el 21 de noviembre en Morelia, Michoacán, aún no cuenta con autorización.
"La regla es clara, en Morelia no hay espacio para la apología del delito", señaló el funcionario local.
Yankel Benítez dijo que, antes de autorizar el concierto del cantante, deberá presentar el setlist para su revisión e hizo ver que, si el repertorio no cumple con las disposiciones establecidas en el Código Penal vigente en Michoacán, midmo que prohíbe y sanciona la difusión, promoción o exaltación de actividades vinculadas con la delincuencia durante espectáculos, eventos públicos o privados, Natanael Cano no podrá presentarse en Morelia.
"Natanael podrá anunciar a Morelia, pero no cantar en Morelia", acotó el secretario.
A través de sus redes sociales, el funcionario municipal advirtió que no habrá escenario para ningún artista que incumpla con la normatividad que sanciona la apología del delito.
Pese a no contar con los permisos municipales como lo señala el gobierno de Morelia, Natanael Cano anunció en su cuenta oficial las fechas y venta de boletos de sus conciertos como parte de su gira Vol. 1 Tour 2026.
El tour anunciado incluye a la capital michoacana, donde está presupuestado un concierto el próximo 21 de noviembre en el estadio Francisco Villa, mejor conocido como Venustiano Carranza. La venta general de boletos inició este viernes 4 de septiembre por redes sociales, con precios que van de los 800 hasta 4 mil 500 pesos.
¿Cuáles son las sanciones por apología del delito?
Cabe mencionar que, en Michoacán, incurrir en apología del delito se castiga con penas de tres a seis meses de prisión y multas de hasta 100 mil pesos conforme a la reforma aprobada por el Congreso del Estado a propuesta del gobernador de Michoacán, Alfredo Ramírez Bedolla, a partir del 30 de mayo del año 2025.
Con este ordenamiento, en Michoacán se prohíbe interpretar o reproducir en espacios abiertos como plazas, auditorios, estadios, centros de espectáculos, ferias y cualquier otro de acceso público, música de géneros comúnmente conocidos como corridos tumbados, narcocorridos, corridos progresivos, corridos bélicos, corridos alterados y cualquier otro que promueva actos ilícitos, o aludan a grupos delictivos o personas vinculadas a los mismos.
Lo anterior, estipula la ley, con el objetivo de sancionar la exaltación pública de actos delictivos. De acuerdo con esta modificación, se castigará a quienes exalten, promuevan o glorifiquen actividades delictivas.
AG