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Exigirá NL un “pase turístico” para autos con placas foráneas; ofrecerá dos versiones

Se trata de un trámite gratuito por internet y obligatorio para los vehículos particulares que entren por motivos turísticos, de ocio, descanso, negocios, familiares o para una estancia temporal

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A partir del próximo 22 de octubre, los vehículos con placas de otras entidades federativas o de otros países que ingresen a Nuevo León deberán contar con un permiso para circular por territorio estatal y, de no portarlo, exhibirlo o tenerlo vigente cuando sea obligatorio, sus propietarios o conductores podrán hacerse acreedores a sanciones.

El nuevo esquema contempla dos mecanismos dependiendo del tiempo que permanezca el vehículo en territorio nuevoleonés: el Permiso Turístico o Pase Turístico, para estancias de hasta 30 días naturales al año, y el Registro Vehicular de Estancia Prolongada, para aquellos casos en que la permanencia deba superar ese periodo.

De acuerdo con lineamientos publicados por el Instituto de Control Vehicular (ICV) en el Periódico Oficial del estado, el Permiso Turístico será un documento digital que podrá ser impreso y estará dirigido exclusivamente a vehículos particulares con placas foráneas que ingresen al estado por motivos de turismo, se encuentren de paso o tengan una estancia temporal.


La autorización tendrá una vigencia máxima de 30 días naturales durante el año, los cuales podrán utilizarse de manera continua o discontinua.

¿Qué vehículos necesitan permiso para circular en Nuevo León?

Esto significa que un vehículo con placas de otra entidad federativa o de otro país que permanezca en Nuevo León por un periodo igual o menor a 30 días naturales deberá contar con este permiso.

Pero si la estancia supera los 30 días naturales en el año, el propietario o usuario tendrá que recurrir a un segundo mecanismo.

¿Qué es el Registro Vehicular de Estancia Prolongada en Nuevo León?

El Registro Vehicular de Estancia Prolongada será un documento digital temporal que permitirá a los vehículos con placas foráneas permanecer por más tiempo en Nuevo León cuando exista una razón justificada para prolongar su estancia y se cumplan los requisitos establecidos por el Instituto de Control Vehicular.

Este registro tendrá una vigencia de 90 días naturales. El trámite inicial deberá realizarse de manera presencial en la delegación del ICV ubicada en Pabellón Ciudadano.

Una vez concluido el primer periodo de 90 días, el registro podrá extenderse tantas veces como sea necesario, siempre por periodos iguales.

Las posteriores renovaciones ya no tendrán que hacerse necesariamente de manera presencial, pues podrán realizarse en línea, salvo las disposiciones que se establezcan mediante convenios de colaboración con los sectores educativo y empresarial.

¿Cuánto cuesta el permiso para vehículos con placas foráneas?

El costo establecido para este registro es de cuatro Unidades de Medida y Actualización (UMA), de acuerdo con el Artículo 276, fracción VIII, de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León, equivalentes a casi 480 pesos.

Sin embargo, por ahora este pago no tendrá que ser cubierto por los usuarios.

Mediante un acuerdo fechado el 4 de septiembre se otorgó un subsidio de 100 por ciento sobre los derechos establecidos en dicha disposición para el Registro Vehicular de Estancia Prolongada.

Por lo tanto, aunque la norma contempla un derecho equivalente a cuatro UMA, el registro será inicialmente gratuito debido al subsidio.

¿Qué vehículos con placas foráneas están exentos en Nuevo León?

Los lineamientos también establecen una excepción para los vehículos foráneos que únicamente transiten por determinados caminos, corredores o tramos carreteros designados por el Instituto de Movilidad en coordinación con el Instituto de Control Vehicular o la autoridad competente.

La condición es que esos vehículos se mantengan en tránsito y no realicen una estancia temporal en Nuevo León, conforme a los instrumentos administrativos correspondientes.

De esta manera no se trata de una obligación indistinta para cualquier vehículo que simplemente cruce por el territorio estatal, sino de un esquema dirigido a los vehículos particulares con placas foráneas que ingresen, circulen o permanezcan temporalmente en la entidad, con la excepción prevista para determinados corredores.

¿Cuáles serán las sanciones por circular sin permiso en Nuevo León?

Los lineamientos establecen que la falta de posesión, exhibición o vigencia del Permiso Turístico, Pase Turístico o Registro Vehicular de Estancia Prolongada, cuando alguno de estos documentos sea exigible, podrá ser verificado por las autoridades estatales y municipales dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

En caso de incumplimiento podrán aplicarse las infracciones y sanciones previstas en las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes.

El argumento del Gobierno estatal para establecer este mecanismo es la necesidad de contar con herramientas que permitan ordenar y regular la identificación de los vehículos con placas foráneas que transitan o permanecen temporalmente en Nuevo León.

Los lineamientos señalan que el sistema busca contribuir a la identificación vehicular, la seguridad pública, la movilidad y el tránsito, así como al control administrativo de las unidades que ingresan al estado; también se plantea como una medida para salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, además de contribuir al mantenimiento del orden público y la paz


SJHN

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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