Un juez de Control y Tribunal de Enjuiciamiento del Distrito Judicial de San Cristóbal ratificó este viernes en la continuación de la audiencia inicial la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa a tres hombres acusados de pederastia agravada en agravio de un niño de 11 años del municipio de Sabanilla, Chiapas.
En entrevista telefónica para MILENIO, el presidente del Poder Judicial del Estado, Juan Carlos Moreno Guillén, informó que, además, el juzgador también fijó un plazo de un mes para el cierre de la investigación complementaria de los hechos ocurridos el pasado 24 de julio en un potrero de la comunidad Los Naranjos.
Detalló que, tras analizar los datos de prueba presentados por el Ministerio Público, el órgano jurisdiccional consideró suficientes y pertinentes para dictar el auto de vinculación a proceso.
“La pederastia tiene una máxima de 50 años de prisión, el acoso sexual tiene 13 años y el delito contra la privacidad sexual alcanza hasta los 6 años, es decir, en todos los casos sí pueden alcanzar los 50 años o más de cárcel”, precisó.
El presidente del Poder Judicial sostuvo que los delitos sexuales en agravio de niñas, niños y adolescentes deben sancionarse con todo el rigor de la ley.
“Lo deseable es que no pasaran este tipo de conductas y menos contra un niño, una niña o un adolescente; sin embargo, lamentablemente sucede y el Poder Judicial tiene que actuar en consecuencia, aplicando la ley sin distingos, conforme a derecho, pero de una manera fuerte y tajante, si los elementos están debidamente comprobados”, afirmó.
Añadió que la protección de la niñez constituye una prioridad para el Poder Judicial y recordó que el año pasado se impulsó una iniciativa para declarar imprescriptibles los delitos sexuales cometidos contra menores de edad y endurecer las penas para este tipo de conductas.
¿Qué se sabe de los hombres acusados de pederastia?
Aurelio “N”, propietario del terreno donde presuntamente ocurrieron los hechos, habría sometido físicamente al menor; Octavio “N” es señalado como quien presuntamente cometió la agresión sexual, mientras que Gabino “N” habría grabado los hechos y difundido posteriormente las imágenes mediante un grupo de WhatsApp.
“A la persona que grabó también le imputaron el delito de acoso sexual agravado y también el delito contra la privacidad sexual o intimidad corporal. Todos los delitos son en agravio del menor, que es la víctima”, explicó.
En este mismo caso, Fernando “N” permanece detenido por el delito de halconeo, al ser señalado de presuntamente alertar a los demás involucrados sobre la presencia de las corporaciones de seguridad para facilitar su fuga.
AH