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Libre bajo fianza, candidato del PRD detenido en Puebla

Carlos Talavera Pérez, candidato a diputado federal por San Martín Texmelucan y quien enfrenta un proceso por violaciones a la Ley de Amparo, salió del penal tras el pago de 30 mil 950

El juez Décimo de Distrito concedió la libertad bajo fianzaal candidato a diputado federal del PRD por San Martín Texmelucan, CarlosTalavera Pérez, quien enfrenta un proceso penal por violaciones a la Ley deAmparo que es considerado un delito no grave.

Casi a las nueve de la noche de este miércoles, TalaveraPérez dejó el penal de San Miguel, ubicado en la ciudad de Puebla, luego delpago de una fianza de 30 mil 950 pesos que fue exhibida por la defensaencabezada por su suplente de formula Julián Espinosa.

El defensor señaló que el próximo viernes se define susituación jurídica, por lo que en los siguientes días presentarán las pruebaspericiales a favor de Talavera Pérez a fin de conseguir el auto de libertad.

El abogado señaló que luego de una revisión del segundoTribunal Colegiado determinó su detención, pues presuntamente el candidato delPRD promovió dos juicios de amparo por el mismo acto reclamado ante el sextocircuito, que corresponde a Puebla y en el vigésimo octavo correspondiente aTlaxcala lo que representa una violación a la Ley de Amparo.

Señaló que aún desconoce si se trató por el proceso penalque enfrenta por el delito de homicidio por exceso en el uso de legítimadefensa o por el proceso de 2005 en el que su esposa Griselda Adriana Herreralo acusó de intento de homicidio.

Explicó que la detención del candidato y titular de laformula por el distrito V de San Martín Texmelucan no les afecta: “lo que nonos mata nos hace más fuerte y ahora vamos a seguir con la campaña”.

Talavera Pérez fue detenido el martes pasado por elementosde la Agencia de Investigación Criminal de la delegación de la Procuraduría Generalde la República que le inició la averiguación previa por violación a la Ley deAmparo.

El abogado penalista Alberto Zenteno Meza explicó que lasviolaciones a la Ley de Amparo se consideran cuando se haga un uso excesivo delrecurso de amparo de algunas de las partes involucradas en un proceso con laintención de alargar el juicio y obstruir la impartición de justicia o repetirlos actos reclamados.

Explicó que ese delito no se encuentra contemplado en elcódigo penal sino en un capítulo de la Ley de Amparo luego de las reformas quese hicieron a la ley en 2013.

“Se impondrá una pena de dos a seis años de prisión y multade treinta a trescientos días:

I. Al quejoso, a suabogado autorizado o a ambos, si con el propósito de obtener una ventajaprocesal indebida, en la demanda afirme hechos falsos u omita los que leconsten en relación con el acto reclamado, siempre que no se reclamen actos queimporten peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuerade procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción odestierro, extradición, desaparición forzada de personas o alguno de losprohibidos por el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, así como la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aéreanacionales; y

II. Al quejoso otercero interesado, a su abogado o a ambos, si en el juicio de amparo presententestigos o documentos falsos.

Por la mañana comerciantes de San Martín Texmelucan y suequipo de campaña dieron una rueda de prensa en la que señalaron que ladetención tenía tintes políticos más que un asunto legal.

El coordinador de campaña Roberto López señaló que la ordende aprehensión que fue concedida por el juez Décimo de Distrito por un procesopenal de hace 10 años lo que hace suponer que la detención es un asuntopolítico para dañar la imagen del candidato del PRD.

“Se impondrá una pena de dos a seis años de prisión y multade treinta a trescientos días:

I. Al quejoso, a suabogado autorizado o a ambos, si con el propósito de obtener una ventajaprocesal indebida, en la demanda afirme hechos falsos u omita los que leconsten en relación con el acto reclamado, siempre que no se reclamen actos queimporten peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuerade procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción odestierro, extradición, desaparición forzada de personas o alguno de losprohibidos por el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, así como la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aéreanacionales; y

II. Al quejoso otercero interesado, a su abogado o a ambos, si en el juicio de amparo presententestigos o documentos falsos.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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