Estados

La iniciativa sobre Guardia Nacional: cambiar la ley para evadir la Constitución

El control que se pretende que la Sedena adquiera sobre la Guardia Nacional es total y la adscripción de ésta a la Secretaría de Seguridad será meramente nominal.

Por: Santiago Aguirre

Ilustración: Víctor Solís, cortesía de Nexos

Para los fines que busca la iniciativa, una modificación central es el cambio que se propone al artículo 12 de la Ley de la Guardia Nacional, con el que se establece que en la estructura de esta institución el primer nivel de mando lo detentará la Secretaría de la Defensa Nacional (art. 12, fr. I) a la que estará subordinada la Comandancia de la Guardia. Con ello, se inserta en el punto más alto de la cadena de mando de esta corporación a la institución castrense, diluyendo por entero el carácter civil mandato por la Constitución. Aunque la Guardia Nacional continúe adscrita a la Secretaría de Seguridad Pública, la integración de su estructura por estos niveles de mando vuelve indubitable su carácter castrense y entra en colisión con lo mandatado por el artículo 21 constitucional. Esta modificación se redondea con la propuesta de artículo 14, conforme a la cual “la persona titular de la Comandancia [de la Guardia Nacional] será nombrada por la persona titular de la Presidencia de la República a propuesta de la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional […]”. No hay duda, la cadena de mando de la Guardia Nacional será castrense.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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