Juez frena demolición de edificio en Saratoga 714

El juez dio una suspensión provisional a una particular para evitar el derribo del inmueble, pero está condicionada a que éste por su estado no represente un riesgo para la comunidad.

Un juez federal concedió una suspensión provisional que evita, por el momento, la demolición del inmueble ubicado en la calle de Saratoga 714, colonia Portales Sur, en la Delegación Benito Juárez, que resultó afectado durante el sismo del pasado 19 de septiembre.

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La decisión del juez es cuidadosa de la vida de las personas y deja a la autoridad la libertad de hacer lo necesario por la seguridad de todos.

La suspensión provisional se concedió para los efectos de que las autoridades responsables se abstengan de ejecutar la orden de demolición, pero siempre y cuando este último, por su estado, no ponga en peligro a la solicitante de amparo, a las personas que habitan o visiten ese condominio, ni a la comunidad en general de la Colonia Portales Sur ni a los transeúntes.

El juez Noveno de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México precisó que la resolución jurisdiccional es clara en señalar que no permite ni autoriza el acceso al inmueble, ni la realización de conductas que impidan la actuación de las autoridades, cuando tengan como objetivo el salvaguardar la vida e integridad de las personas en caso de riesgo inminente y/o colapso, en cuyo caso, dichas autoridades deberán informarlo de manera inmediata para que el juzgado constate el riesgo aludido.

El órgano jurisdiccional dio un plazo de 24 horas a la autoridad delegacional para que, fundada y motivadamente, informe de manera inmediata si actualmente existe personal adscrito a dichas autoridades realizando trabajos de localización de personas y/o mitigación de riesgo en ese inmueble; si hay alguna resolución, informe técnico y/o dictamen emitido por alguna autoridad que haya determinado ese riesgo y qué medidas de seguridad han tomado para la protección de las personas y del entorno en general.

El juez dejó claro que la suspensión está condicionada al grado de peligro que represente el referido inmueble, por las condiciones en las que se encuentre y su efectividad está sujeta a que la quejosa exhiba una garantía para cubrir los eventuales daños que pudieran causarse a terceros.

VJCM

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Rubén Mosso
  • Rubén Mosso
  • Egresado de la Escuela Nacional de Estudios Profesionales Aragón, hoy FES Aragón (UNAM). Especializado en temas de juzgados y tribunales federales, además de la Suprema Corte y Fiscalía General de la República. Aficionado al cine y la música.
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