En un esfuerzo por frenar el avance del covid-19 en Chihuahua, y de acuerdo con las autoridades federales, el gobernador Javier Corral Jurado amplió la suspensión de actividades no esenciales y endureció las restricciones sanitarias, de movilidad y funcionamiento del ramo comercial y empresas productivas, hasta el próximo 30 de mayo.
Además, instruyó a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para ejecutar el cumplimiento del Acuerdo estatal y los decretos emitidos por el gobierno federal, para lo cual, se apoyará en las corporaciones policiacas para que se acate cabalmente la suspensión de jornadas laborales en actividades no esenciales.
Mediante el acuerdo publicado en el Periódico Oficial del Estado, se establecen diversas medidas que los sectores público, social y privado implementarán de manera obligatoria, con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 en la comunidad y disminuir la carga de la enfermedad covid-19 entre la población, como la portación obligatoria de ciertas clases de cubrebocas para distintos tipos de usuario.
Corral Jurado, a través de las plataformas digitales del gobierno del estado, dijo que este acuerdo actualiza las medidas de prevención y mitigación del Acuerdo 049 publicado el pasado 25 de marzo, para que a partir de hoy, sean aplicadas por un mes y 11 días más.
Con la nueva emisión se atiende a las modificaciones normativas efectuadas en el ámbito federal para enfrentar la pandemia, a efecto de ampliar el período de suspensión de actividades no esenciales y señalar aquellas que sí podrán continuar en funcionamiento, en términos de lo dispuesto por la Secretaría de Salud del Gobierno de México, dijo.
“En materia de industria, el nuevo acuerdo aclara que en las actividades esenciales industriales podrán operar más de 50 personas, debiendo cumplir con las medidas sanitarias correspondientes (…) El nuevo acuerdo –también en sintonía con la estructura federal– crea la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud como la instancia adscrita a la Secretaría de Salud que será la encargada de coordinar la actuación del sector salud en materia epidemiológica”, apuntó.
Anuncio a todos los chihuahuenses que las medidas de control sanitario y restricción de movilidad se han extendido hasta el 30 de mayo. Les invito a consultar las nuevas disposiciones que estaremos aplicando a partir de hoy, accediendo al siguiente enlace: https://t.co/VLVIapzATJ pic.twitter.com/Dw4plz1kc1
— Javier Corral Jurado (@Javier_Corral) April 20, 2020
Otra de las disposiciones establece que los sectores público, social y privado deberán implementar las medidas y prácticas de manera obligatoria, específicamente en los lugares y recintos en los que se realizan las actividades definidas como esenciales.
En los vehículos de transporte de pasajeros, sólo podrá utilizarse el 50 por ciento de la capacidad de pasaje, sin exceder treinta pasajeros, quienes, sin excepción, deberán encontrarse distanciados físicamente y de manera obligada con cubrebocas. Todo transporte público deberá concluir a más tardar a las 20:00 horas.
“Deberá realizarse la limpieza interior de los autobuses cada dos horas, sin que en dicho proceso se encuentren usuarios presentes y queda prohibida la circulación de vehículos de servicio particular con más de dos personas adultas en su interior”, entre otras medidas.
En cuanto los establecimientos comerciales esenciales que permanezcan abiertos, estarán obligados a evitar que se concentre un número mayor de personas conforme a las dimensiones siguientes: 2 mil metros cuadrados: hasta 75 personas; mil 500 a 2 mil metros cuadrados, hasta 50 personas; mil 500 metros cuadrados, hasta 25 y espacios menores a 500 metros, hasta 10 personas.
En relación al uso de cubrebocas como medida de salud pública de prevención y control de contagio, es obligatorio el uso de cubrebocas en áreas públicas y al ingresar o permanecer en cualquier establecimiento que permanezca abierto. Las tiendas de conveniencia y supermercados deberán garantizar de manera gratuita cubrebocas para sus clientes.
RLO