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Buscan garantizar intérpretes indígenas para personas privadas de la libertad en México

CNDH, INPI, autoridades penitenciarias y Defensorías Públicas, realizaron mesas de trabajo para dictaminar acciones a favor de personas indígenas privadas de la libertad.

Partiendo de la realidad de que tan solo en 22 estados de México existen intérpretes y traductores, así como con un fondo destinado a la excarcelación de personas en reclusión, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) con autoridades penitenciarias, el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) y las Defensorías Públicas, efectuaron mesas de trabajo para garantizar que las personas indígenas privadas de la libertad accedan a los servicios de intérpretes y traductores durante sus procesos penales, además de la promoción de beneficios de preliberación o libertad anticipada y proteger su derecho a la identidad cultural.

Se impulsa una campaña de concientización efectiva sobre el respeto, protección y garantía de los derechos humanos de las personas indígenas privadas de la libertad, contemplando herramientas y mecanismos para su debida defensa y la implementación de acciones que protejan su derecho a la identidad cultural, vinculadas con el uso de la lengua y las prácticas originarias, entre ellas, la medicina tradicional.

Estos resultados son parte del Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes (MNPT-CNDH), la tercera y cuarta Visitadurías Generales de este organismo, atendiendo las propuestas del “Informe sobre la situación de invisibilidad y falta de reconocimiento que afrontan las personas indígenas, afrodescendientes y afromexicanas privadas de la libertad”; la Recomendación General 45/2021, sobre el derecho de las personas indígenas sujetas a un procedimiento penal a ser asistidas por personas intérpretes, traductoras y defensoras.

Durante la segunda etapa, también llevada a cabo de manera conjunta, se realizaron visitas de seguimiento a 29 centros de reinserción social, en los cuales se identificó la implementación de buenas prácticas por parte de las autoridades monitoreadas que se basan en la difusión institucional a través de materiales audiovisuales e impresos como lonas, tripticos y cartulinas, sobre el régimen disciplinario, así como sus derechos y obligaciones en las lenguas indígenas predominantes en dichos centros.

Se identificó la existencia de documentación institucional en la lengua indígena de mayor habla en la región; la incorporación de personal hablante de la lengua indígena de la región y su capacitación para fungir como traductores certificados; la certificación de una persona privada de la libertad como intérprete, la cual será a partir de un convenio institucional con una universidad estatal.

En materia de salud, la CNDH e INPI, se pondrá a disposición el funcionamiento de huertos de plantas medicinales dentro de los centros penitenciarios, “con registro de uso”, así como la implementación de un protocolo para la solicitud de medicina tradicional y otro para regular el ingreso de plantas medicinales o ungüentos conforme a sus usos y costumbres.

Se realizaron visitas domiciliarias a lo familiares de las personas privadas de la libertad, por parte del personal de las áreas técnicas, a fin de brindarles información sobre la situación jurídica y los requisitos para visitar a quienes se encuentren dentro de los centros. Asimismo, se observó que de manera excepcional y bajo condiciones de seguridad previamente establecidas, “se permite el acceso de familiares fuera del horario habitual por lapsos breves y en áreas controladas”, y en algunos casos, se ampliaron los horarios de visita y se extendió el acceso a familiares hasta el tercer grado de parentesco para favorecer “la reinserción social, y la preservación del vínculo”, comentaron.

DIRV

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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