Comunidad

Tribunal Judicial del Edomex ajusta evaluación de jueces y magistrados

Estos cambios forman parte integral de los lineamientos emitidos mediante acuerdo general del 8 de enero de 2026.

El Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial del Estado de México aprobó un adendum que modifica los artículos 11, 12 y 13 de los Lineamientos para la Evaluación del Desempeño de magistradas, magistrados, juezas y jueces electos durante su primer año de ejercicio, con cambios que amplían los indicadores de medición y ajustan el sistema de puntaje aplicado a este proceso.

El acuerdo, aprobado en sesión extraordinaria y publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, precisa el contenido de los criterios utilizados para evaluar a las personas juzgadoras que resulten electas en procesos locales, al integrar de manera expresa la productividad del órgano jurisdiccional como parte del análisis de desempeño.


Con la modificación al artículo 11, el indicador de conocimientos y competencias técnicas y profesionales se amplía para incluir la productividad, con lo cual se evalúa la capacidad de emitir resoluciones estructuradas, fundadas y motivadas, congruentes con los hechos controvertidos, las constancias del expediente judicial y la valoración objetiva de las pruebas, sin que la medición implique análisis o revisión del criterio jurídico adoptado.

El adendum también introduce cambios al artículo 12, al establecer que la rúbrica de evaluación tendrá un valor máximo de 200 puntos, en lugar de los 100 puntos previstos originalmente. 

Esta rúbrica permite asignar puntajes objetivos, comparables y verificables a cada parámetro, tanto en conocimientos y competencias como en productividad del órgano jurisdiccional, con el fin de contar con criterios homogéneos en la medición del desempeño.

En cuanto al artículo 13, la matriz de medición se ajusta para abarcar ambos indicadores, con la finalidad de operacionalizar la rúbrica y definir de manera clara qué se evalúa, cómo se evalúa y el rango de puntaje aplicable. 

Los rangos se amplían para establecer niveles alto, medio y bajo, así como categorías de cumplimiento óptimo, parcial o deficiente, según el componente evaluado.

El documento señala que estos cambios forman parte integral de los lineamientos emitidos mediante acuerdo general del 8 de enero de 2026, publicados el 12 de enero del mismo año, y que su aplicación corresponde a la Unidad de Evaluación del Desempeño del Tribunal de Disciplina Judicial.

El acuerdo establece que las nuevas disposiciones entran en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial y que las personas juzgadoras sujetas a evaluación deberán ser notificadas a través de los medios electrónicos institucionales.

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Queda prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta página, mismo que es propiedad de MILENIO DIARIO, S.A. DE C.V.; su reproducción no autorizada constituye una infracción y un delito de conformidad con las leyes aplicables.
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