La Secretaría de Bienestar anunció que durante la penúltima semana de marzo se abriría registro a la Pensión Bienestar para personas con Discapacidad, la cual está destinada a hombres y mujeres de 0 a 64 años en 24 entidades del país y solo de 30 a 64 en ocho estados por falta de convenios.
Cabe destacar que los programas Bienestar están destinados a apoyar a grupos vulnerables, buscando darles un incentivo económico que les permita tener una vida digna.
¿Cuál es el propósito de ésta pensión?
Éste programa busca brindar apoyo económico a personas en situación de vulnerabilidad, especialmente aquellas con discapacidad, quienes enfrentan mayores barreras para integrarse plenamente a la vida social y económica en condiciones de igualdad.
También busca reducir desigualdades que afectan a grupos como menores de edad, comunidades indígenas y afrodescendientes, mujeres y adultos mayores, quienes presentan mayor incidencia de pobreza y limitaciones estructurales que dificultan su desarrollo y bienestar integral.
¿Cuándo inicia el registro?
El registro para la pensión dirigida a hombres y mujeres, según anunció Ariadna Montiel Reyes, iniciará el lunes 23 de marzo y se mantendrá abierto durante una semana completa hasta el domingo 29.
Cabe destacar que el horario de inscripción estará organizado mediante un calendario específico, con el objetivo de brindar mejor atención y evitar aglomeraciones entre las personas interesadas en todo momento.
De lunes a viernes, la atención se realizará conforme al apellido paterno de los solicitantes, mientras que sábado y domingo podrán acudir todas las letras rezagadas que no asistieron antes.
¿Quienes no pueden registrarse?
Cabe destacar, como ya lo mencionamos anteriormente, que no todas las personas pueden solicitar éste beneficio, pues las y los interesados deben presentar un documento que acredite su discapacidad permanente.
De acuerdo con el Gobierno de México, una discapacidad es “una condición de vida y que, al interactuar con las barreras que les impone el entorno social pueden impedir su inclusión plena y efectiva, así como en igualdad de condiciones con los demás”.
El Inegi las clasifica de la siguiente manera:
- Visual
- Auditiva
- Motriz
- Intelectual
- Mental o psicosocial
Y pueden presentarse por nacimiento, enfermedad, edad avanzada o accidente. Algunas enfermedades que no son consideradas una discapacidad permanente para poder inscribirte en la Pensión Bienestar son::
- Asma
- Infección en los ojos
- Diabetes
- Miopía
- Obesidad
- Varices
- Gripe
- Infección en la piel
- Gastritis
- Alergias
- Alcoholismo
- Ciática
- Bronquitis
- Déficit de atención
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